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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 272-87

QUE APRUEBA VARIAS RESOLUCIONES DEL DIRECTORIO DE DESARROLLO INDUSTRIAL

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
21 may de 1987fecha
Incentivos, zonas francas y clasificación industrialtipo
G. O. 9711Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 272-87 que aprueba varias resoluciones del Directorio de Desarrollo Industrial. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO: 272-87 CONSIDERANDO: Que las empresas ALUMINIO Y PROTECCION, C. POR A., METALES ANTILLANOS, S.A., CARNES DOMINICANAS, S.A., FRONTIER, INC., A DIVISION OF ARLEN BOX COMPANY, PEREZ CIVIDANES & Co., C. POR A., EQUIPO TECNICO INDUSTRIAL, C. POR A., (ETINCA), CASA CENTRAL, C. POR A, ESCRITURA DOMINICANA, S.A., y ENVASES DOMINICANOS, S.A., (ENDOSA), han formulado al Departamento Técnico Industrial de la Secretaría de Estado de Industria y Comercio, sendas solicitudes para acogerse a los beneficios de la Ley No. 299, sobre Incentivo y Protección Industrial, de fecha 23 de abril de 1968; CONSIDERANDO: Que luego de realizarse los estudios pertinentes de cada una de dichas solicitudes, el Directorio de Desarrollo Industrial dictó las correspondientes resoluciones, VISTA la Ley No. 299, de fecha 23 de abril de 1968, sobre Incentivo y Protección Industrial, 7 51 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artlculo 55 de la Constitucidn de la RepGblica, dicto el siguiente D E C R E T Ot / Articulo 1.- Se aprueban las resoluciones del Directorio de Desarrollo Industrial que se mencionan a continuacidn: / 1.- Res. No. 536-86-RC, de fecha 17 de diciembre de 1986, mediante la cual se renueva por el t6rmino de ocho ( 8 ) ahs, con efectividad a partir del 14 de noviembre de 1986, la clasificaci6n que disfruta la empresa ALUMINIO Y& PROTECCION, C. POR A., en la Categoria "C". Asimismo, se K c o n c e d e exoneraci6n en proporci6n de un 50% de todos 10s derechos e impuesos de 'P- importacidn y dags gravgmenes conexos, incluyendo el arancel, 10s impuestos unificados y 10s de consumo interno que incidan sobre l a s materias primas detalladas en el ordiqal segundo de dicha resoluci6n. / 2.- Res. No. 537-$6-RC, de fecha 17 de diciembre de 1986, mediante la cual se renueva por el tdrmino de ocho ( 8 ) afios, con efectividad a partir del 19 de abril de 1987, la clasificaci6n que disfruta la empresa METALES3TILLANOS, S.A., en la Categoria 'IC". Asimismo, se le concede exonerdcion en proporciijn de un 90% de todos 10s derechos e impuestos de importaci6n y demds grav6menes conexos, incluyendo el arancel, 10s impuestos unificados y 10s de consumo interno que incidan sobre las matkrias primas detalladas en el ordinal segundo de dicha re luci6n. J( iu -* / 3.- Res. No. 538-86-RC, de fecha 17 de diciembre de 1986, mediante la cual se renueva por el thnino de ocho ( 8 ) afios con efectividad a partir del 2 8 de enero de 1986, la clasificaci6n que disfruta la empresa CARNES DOMINICANAS, S.A., en la Categoria "C". Asimismo, se le concede exoneraci6n en p-rci6n de un 75 y 60% de todos 10s derechos e impuestos unificados y 10s de consumo interno que incidan sobre las materias primas que se detallan en el ordinal segundo de dicha rsolucidn. i - .- 4. 4 s . No. 1-87-V, de fecha 16 de enero de 1987, mediante la cual se deja sin efecto la Res. No. 531-86-SCf de fecha 3 de diciembre de 1986, con respecto a la suspensi6n de clasificacihn de la empresa FRONTIER, INC., subsidiaria de ARLEN BOX COMPANY. Se modifica en consecuencia y en cuanto J fuere necesario, el Decreto No. 100-87, de fecha 2 de marzo de 1987. 5.- t( es. No. 7-87-RC, de fech'a 28 de enero de 1987, mediante la cual se renueva por el tgrmino de ocho ( 8 ) asos, con efectividad a partir del 5 de abril de 1987, la clasificaci6n que disfruta la empresa PEREZ ti, -CIVIDANES & CO., C. POR A., en la Categoria "C". Asimismo, se le conce$e"cexoneraci6n de un 60% de todos 10s derechos e impuestos de importaciGn, incluyendo el arancel, 10s impuestos unificados y 10s de consumo interno, que incidan sobre las materias primas consignadas en el ordinal segundo de dicha iesoluci6n. \ -. 6.- Res. No. 8-87-RC, de fecha 28 de enero de 1987, mediante la cual se renueva por el t6rmino de seis ( 6 ) aEos, con efectivdad a partir del 24 :le agosto de 1986, la clasificaci6n que disfruta la empresa EQUIP0 TECNICO INDUSTRIAL, C. POR A., (ETINCA), en la Categoria "C". Asimismo, se le concede exoneracion en proporci6n de un 90% de todos 10s derechos e impuestos de importaci6n y dem6s gravhenes conexos, incluyendo el arancel, 10s impuesos unificados y 10s de consumo interno 'que incidan sobre las materias primas detallps en el ordinal segundo de dicha resoluci6n. FOR, < 7.- Res. No. 9-87-RC, de fecha 28 de enero de 1987, mediante la cual se renueva por el t6rmino de cuatro ( 4 ) aEos, con efectividad a partir del 19 de febrero de 1987, la clasificaci6n que disfruta la empresa C-CENTRAL, C. A., en la Categoria "C". Asimismo, se le concede exoneraci6n en proporci6n de un 90% de importaci6n de todos 10s derechos e impuestos de importaci6n y deds gravgmenes conexos, incluyendo el arancel, 10s impuestos unificados y 10s de consumo interno que incidan sobre las materias primas detalladas en el ordinal sequndo de dicha resoluci6n. /-- 8.- Res. No. 10-87-RC, de fecha 28 de enero de 1987, mediante la cual se renueva por el tknino de seis (6) asos, con efectividad a partir del 24 de agosto de 1986, la clasificaci6n que disfruta la empresa ESCRITURAPMINICANA, S.A., en la Categoria "C". Asimismo, se le concede exoneraci6n en proporci6n de un 90 y 70% de todos 10s derechos e impuestos de importaci6n y demh grav5menes conexos, incluyendo el arancel, 10s impuestos unificados y 10s de consumo interno que incidan sobre las materias primas detalladas en el ordinal segundo de dicha resoluci6n. 9.- Res. No. ll-87-RC8 de fecha 28 de enero de 1987, mediante la cual se renueva por el t6rmino de seis (6) afios, con efectividad a partir del 21 de febrero 'de 1987, la clasif icaci6n que disf ruta la empresa ENVASES DOMINICANOS, S.A., (ENDOSA), en la Categoria "C". Asimismo, se le concede exoneraci6n en -i proporci6n de un 90% de todos 10s derechos e impuestos de importaci6n y debs gravhenes conexos, incluyendo el arancel, 10s impuestos unificados y 10s de cansumo interno que incidan sobre las materias primas detalladas en el ordinal segundo de dicha resoluci6n. Artkulo 2.- Envlese a las Secretarzas de Estado de Industria y Comercio y de Finanzas, para 10s fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmh, Distrito Nacional, Capital de la Repi&lica Dominicana, a 10s veintih (21) dias del mes de mayo del aiio mil novecientos ochentd y sietet azo 144O de la Independencia y 1240 de la RestauraciBn. BALAGUER i _ I

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona