Texto de la norma
Dec. No. 210-87 que autoriza a la Misión Bíblica Evangélica a fijar domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO, 210-87
VISTA la instancia que por conducto de la Procuraduría General de la República, ha elevado al Poder Ejecutivo la "Misión Bíblica Evangélica", asociación sin fines de lucro, constituida y existente de conformidad con las leyes del Estado de la Florida, E. U. A., con su domicilio principal en la ciudad de Tallahasse, debidamente representada en la República Dominicana por el Reverendo David Gardher, de nacionalidad norteamericana, domiciliado y residente en [domicilio omitido].
VISTOS los documentos que acompañan dicha instancia,
VISTAS las disposiciones de la Ley No. 520, de fecha 26 de julio de 1920, y sus modificaciones,
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se autoriza a la "Misión Bíblica Evangelica", asociación sin fines de lucro, constituida y existente de conformidad con las leyes del Estado Florida, E. U. A., debidamente representada por el Reverendo David Gardner, de nacionalidad norteamericana, y residente en [domicilio omitido].
Artículo 2.- Envíese a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de abril del año mil novecientos ochenta y siete; año 144° de la Independencia y 124° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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