Texto de la norma
Dec. No.166-87 que modifica el Art. 5 del Decreto No. 351 del 16 de octubre de 1982.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 166-87
VISTO el Decreto NO. 351 de fecha 16 de octubre de 1982, que crea e integra el Consejo Nacional de Producción Agropecuaria,
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo l.- Se modifica el Artículo 5 del Decreto No. 351 de fecha 16 de octubre de 1982, para que rija de la siguiente manera.
"Artículo 5.- El Directorio del Consejo Nacional de Producción Pecuaria queda integrado por el Secretario de Estado de Agricultura, quien la presidirá; El Director General de Ganadería, Vicepresidente; Dr. Otto González, Secrtario; Dr. José Ml. Alvarez, Tesorero; Don Germán Gómez Torres, Dr. Jaime Viñas Román, Dr. Ricardo Barceló, Miguel Eneas Saviñón, Dr. Julio Brache, Don Gregorio Mora, Lic. Alberto Bonetti, Don Natalio Soto, Ing. Leonardo de León, Rolando Martínez, Wilfredo Bautista, Lic. Mario Antonio Alba, Juan Landrón y Ramón Eduardo Montalvo, Vocales."
Artículo 2.- Queda derogado el Decreto No. 1035-86-258 de fecha 30 de septiembre de 1986.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta y un (31) días del mes de marzo del año mil novecientos ochenta y siete; año 144° de la Independencia y 124° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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