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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 63

QUE NOMBRA LOS RESPECTIVOS GOBERNADORES CIVILES DE LAS PROVINCIAS DE SAMANA, ESPAILLAT, DAJABON, LA ROMANA Y SANTIAGO RODRIGUEZ

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
11 oct de 1963fecha
Designacióntipo
G. O. 8794Gaceta Oficial del 1 ene de 1963
Triunviratoórgano
10personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Edmond F. SevezDesignaciónEn sustitución de Israel AndersonGobernador CivilProvincia de Samaná
Israel AndersonSustituido en el cargoGobernador CivilProvincia de Samaná
Vinicio HenríquezDesignaciónEn sustitución de Rafael Augusto Cáceres EspaillatGobernador CivilProvincia Espaillat
Rafael Augusto Cáceres EspaillatSustituido en el cargoGobernador CivilProvincia Espaillat
Manuel de Jesús PilarteDesignaciónEn sustitución de Rafael Antonio MiolánGobernador CivilProvincia de Dajabón
Rafael Antonio MiolánSustituido en el cargoGobernador CivilProvincia de Dajabón
Luis Creales GuerreroDesignaciónEn sustitución de Danilo MeloGobernador CivilProvincia de La Romana
Danilo MeloSustituido en el cargoGobernador CivilProvincia de La Romana
Alejandro Enrique BuenoDesignaciónEn sustitución de Ramón González PilarteGobernador Civil dela Provincia de Santiago Rodríguez
Ramón González PilarteSustituido en el cargoGobernador Civil dela Provincia de Santiago Rodríguez

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • Edmond F. Sevez · Gobernador Civil · Provincia de Samaná

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 10 nov de 1963. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

    Otros 2 decretos con este nombre →

  • Vinicio Henríquez · Gobernador Civil · Provincia Espaillat

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 10 nov de 1963. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

    Otros 2 decretos con este nombre →

  • Manuel de Jesús Pilarte · Gobernador Civil · Provincia de Dajabón

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 10 nov de 1963. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

  • Luis Creales Guerrero · Gobernador Civil · Provincia de La Romana

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 10 nov de 1963. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

    Otro decreto con este nombre →

  • Alejandro Enrique Bueno · Gobernador Civil dela Provincia de Santiago Rodríguez

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 10 nov de 1963. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 63, que nombra los respectivos Gobernadores Civiles de las Provincias de Samaná, Espaillat, Dajabón, La Romana y Santiago Rodríguez. G. O. No. 8794, del 12 de octubre de 1963 República Dominicana EL TRIUNVIRATO NUMERO: 63 En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicta el siguiente DECRETO: Art. 1.- El Dr. Edmond F. Sevez queda nombrado Gobernador Civil de la Provincia de Samaná, en sustitución del señor Israel Anderson. Art. 2.- El Dr. Vinicio Henríquez queda nombrado Gobernador Civil de la Provincia Espaillat, en sustitución del señor Rafael Augusto Cáceres Espaillat. Art. 3.- El señor Manuel de Jesús Pilarte queda nombrado Gobernador Civil de la Provincia de Dajabón, en sustitución de Rafael Antonio Miolán. Art. 4.- El Dr. Luis Creales Guerrero queda nombrado Gobernador Civil de la Provincia de La Romana, en sustitución del señor Danilo Melo. Art. 5.- El señor Alejandro Enrique Bueno queda nombrado Gobernador Civil dela Provincia de Santiago Rodríguez, en sustitución de Ramón González Pilarte. DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once días del mes de octubre de mil novecientos sesenta y tres; años 120o. de la Independencia y 101o. de la Restauración. Emilio de los Sanos Ramón Tapia Espinal Manuel E. Tavares Espaillat

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona