Texto de la norma
mil novecientos sesenta y tres; &OS 1200. dela Independencia
Y 1010. de la Restauracibn,
Emilio de 10s Santos
Ram6n Tapia Espind
Manuel E. Tavares Espaillat
NUMERO: 54
VISTA la instancia que por conduct0 de la Secretarfa de Esta-
do de Interior y Policfa ha elevado la sef’iora Josefa Argibay Padin
de Cameselle, mayor de edad, casada, de ocupaci6n modista, de
nacionalidad espaflola, portadora de la cddula de identificacibn
personal No. [cédula] [cédula], domiciliada y residente en [domicilio omitido];
VISTOS 10s documentos que acompaflan dicha instancia ;
VISTA la Ley No. 1683, sobre Naturalizacibn, de fecha 16 de
abril de 1948, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el articulo 55
de la Constituci6n del 16 de septiembre de 1962, dicta el siguien-
te
D E C R E T O :
Art. 1.- Concede la naturalizaci6n dominicana a la seflora
Josefa Argibay Padin de Cameselle, de las generales arriba indica-
das.
Art. 2.- La beneficiaria recibirá la carta de naturalización de manos del Secretario de Estado de Interior y Policía, previo juramento de fidelidad a la República prestado ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.- Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los ocho días del mes de octubre del mil novecientos sesenta y tres; años 120o. de la Independencia y 101o. de la Restauración.
Emilio de los Santos
Ramón Tapia Espinal
Manuel E. Tavares Espaillat
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