Texto de la norma
Decreto No. 450, que crea e integra la Comisión para el Estudio y Preparación de un Plan de Acción Urgente para las Provincias de Duarte, Sánchez Ramírez y María Trinidad Sánchez.
G. O. No. 8781, del 14 de agosto de 1963
JUAN BOSCH
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 450
CONSIDERANDO que es necesario obtener un rápido aumento en la producción de las Provincias Duarte, Sánchez Ramírez y María Trinidad Sánchez, y consecuentemente, en el nivel de vida de sus moradores;
CONSIDERANDO que, asimismo, es preciso realizar una distribución equitativa del aumento que se adquiera del nivel de vida entre la población de dichas provincias;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se crea una Comisión para el estudio y preparación de un Plan de Acción Urgente para las provincias de Duarte, Sán-
chez Ramírez y María Trinidad Sánchez, la cual estará integrada de la manera siguiente: por el Ministro de Agricultura, quien la presidirá; por el Director del Instituto Agrario Dominicano, por el Presidente de la Corporación de Fomento Industrial, y por el Director de Planificación Integral, quien actuará como Coordinador de la Comisión.
Art. 2.- Dicha Comisión deberá visitar las mencionadas provincias con el fin de entrar en contacto personal con los funcionarios públicos, con los hombres representativos de los diferentes sectores y con el pueblo en general, con el propósito principal de preparar el ambiente a la Comisión de Trabajo, que también se instituye por el presente Decreto.
Art. 3.- La Comisión de Trabajo actuará con caracter permanente durante el período de preparación del referido Plan y estará integrada por un funcionario de categoría, de cada uno de los departamentos u organismos siguientes; Ministerio de Agricultura, Dirección de Agricultura, Dirección de Recursos Hidráulicos, Ministerio de Industria y Comercio, Departamento de Comercio, Dirección de Minería; Instituto Agrario Dominicano; Corporación de Fomento Industrial; Banco Agrícola de la República Dominicana; Instituto de Aguas Potables y Alcantarillados; Corporación Dominicana de Electricidad; Junta Nacional de Planificación y Coordinación; División de Planificación Regional y División de Control.
Párrafo I.- Los titulares de los departamentos u organismos indicados señalarán los funcionarios de su dependencia que deberán formar parte de la referida Comisión de Trabajo.
Párrafo II.- El Director de la División de Control de la Junta Nacional de Planificación y Coordinación actuará como Coordinador de la Comisión de Trabajo.
Art. 4.- Las labores de la Comisión de Trabajo se realizarán en el local de la Junta Nacional de Planificación y Coordinación, bajo la dirección del Director de la Junta.
Art. 5.- La Comisi6n de Trabajo tendrri potestad pa? reque-
rir 10s servicios temporales de funcionarios de otros organismos,
asi como toda )a informaci6n y las facilidades que le Sean nece-
sarias para rendir una labor riipida y eficiente.
Art. 6.- En :in plazo de sesenta dfas amAs tardar, a partir de su
instalacih, la Comisi6n de Trabajo deberii presentar a1 Poder
Ejecutivo un Plan somero de acci6n urgente, para un tCrmino
seiialado, que contenga lo siguiente:
a) Obras y programas necesarios (canales, pozos, industrias,
asentamientos, carreteras, etc.);
b) Medidas y programas complementarios, para su aprovecha-
miento cabal (credit0 agricola, credit0 industrial, adminis-
traci6n de aguas, alfabetizaci6nY adiestramiento tecnol6gi-
coy etc.);
c) Costo tentativo de las obras y programas, con su calendario
de gastos;
d) Las posibles fuentes de 10s recursos necesarios;
e) Recomendaciones concretas sobre la administracibn general
y el control del Plan.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la
Repdblica Dominicana, a 10s doce dfas del mes de agosto de mil
novecientos sesenta y tres; aiios 1200. de la Independencia y
1000. de la Restauracih.
JUAN BOSCH
NOTA: El presente Decreto fue publicado oficialmente en el
diario “El Caribe”, del 13 de agosto de 1963.
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