Decreto No. 407, que concede temporalmente franquicia postal y telegrdfica al Cornit6
Gestor Pro Segundo Centenario de la Fundacidn de Bani.
G. 0. No. 8779, del 3 de agosto de 1963
JUAN BOSCH
Presidente de la Repdblica Dominicana
NUMERO: 407
VISTA la solicitud elevada por el ComitC Gestor Pro Segindo
Centenariqde la Fundaci6n de Bani;
VISTOS 10s articulos 69 y 21 1 de la Ley No. 1474, sobre Vias
de Comunicaciones, de fecha 22 de febrero de 1938, y sus modi-
ficaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 128
de la Constitucibn de la KepGblica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Art. 1 .- Concedo franquicia postal y telegrifica, limitada Csta
filtima a 30 palabras por mensaje, a1 Comite Gestor Pro Segundo
Centenario de la Fundaci6n de Bani, por el tiempo que dure su
actuación y para el uso exclusivo de los asuntos concernientes a la misión que indica su nombre.
Art. 2.— Envíese el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones para los fines de lugar.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro días del mes de julio de mil novecientos sesenta y tres; años 120o. de la Independencia y 100o. de la Restauración.
JUAN BOSCH
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona