Decreto Nº 4357, que concede jubilación con pensión del Estado al Sr. José Desiderio Tapia.
(G. O. Nº 9168, del 8 de Diciembre de 1969)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4357
VISTA la Ley Nº 5185, sobre Pensiones Civiles del Estado, de fecha 31 de julio de 1959;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales, al señor José Desiderio Tapia.
Art. 2.—Dicha pensión será pagada con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Públicos.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete días del mes de noviembre del año mil novecientos sesenta y nueve, años 126° de la Independencia y 107° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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