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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 432

QUE CONCEDE JUBILACION CON PENSION DEL ESTADO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
11 nov de 1969fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 9166Gaceta Oficial del 1 ene de 1969
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.

Texto de la norma
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—Se concede el beneficio de la jubilación y se asignan sendas pensiones del Estado, a las siguientes personas: a) Al señor Marcial Emilio García una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales; b) Al señor José Calazán González una pensión del Estado de ciento ocho pesos oro (RD$108.00) mensuales; y c) Al señor Carlos Valdez Aquino una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales. Art. 2.—Dichas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Públicos. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y nueve, años 126° de la Independencia y 107° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER Decreto N° 4322, que concede jubilación con pensión del Estado. (G. O. N° 9166, del 24 de noviembre de 1969) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 4323 VISTA la Ley N° 5185, sobre Pensiones Civiles del Estado, de fecha 31 de julio de 1959; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—Se concede el beneficio de la jubilación y se asig- na una pensión del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$-120.00) mensuales, al señor Rafael Julio Pumarol. Art. 2.—Dicha pensión será pagada con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Públicos. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y nueve, años 126° de la Independencia y 107° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER Decreto N° 4324, que nombra al Dr. Luis Raúl Betances, Miembro de la Delegación de la República Dominicana ante el XXIV Período de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas. (G. O. N° 9166, del 24 de noviembre de 1969) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 4324 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO UNICO.—El Doctor Luis Raul Betances queda designado Miembro de la Delegación de la República Dominicana ante el XXIV Período de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, en calidad de Delegado Plenipotenciario. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y nueve, años 126° de la Independencia y 107° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona