Texto de la norma
Decreto Nº 4243, que autoriza la emisión de sellos semipostales para la campaña del "Año de la Educación". (G. O. Nº 9161, del 23 de Octubre de 1969)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4243
VISTA la Ley sobre Especies Timbradas Nº 2461, de fecha 18 de julio de 1950;
VISTA la Ley Nº 406, de fecha 8 de marzo de 1969;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se autoriza la emisión de 3,000,000 (tres millones) de sellos semipostales, de la denominación de un centavo, para contribuir a los propósitos de la campaña del "AÑO DE LA EDUCACION".
Art. 2.—)stos sellos serán de forma rectangular en tamaño de 25 milímetros de ancho por 34 mil metros de alto, de color azul, con las siguientes características en su diseño: a todo el ancho de la parte superior tendrán la leyenda "República Dominicana"; hacia la esquina superior izquierda aparecerá el valor facial expresado así: "1¢"; en el ángulo izquierdo desde abajo hacia arriba, llevarán la inscripción "1969-Año de la Educación"; en el centro y hacia el ángulo derecho mostrarán una figura arquitectónica representando una escuela y delante de esa figura, la reproducción de la bandera nacional en un asta; en la esquina inferior izquierda se representará una mano sosteniendo una antorcha encendida proyectando luz; y en la parte inferior se representarán varias figuras de niños caminando hacia la escuela.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los tres días del mes de octubre del año mil novecientos sesenta y nueve, años 126° de la Independencia y 107° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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