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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 3392

QUE INTEGRA LAS JUNTAS PROTECTORAS DE LA AGRICULTURA DE VARIOS MUNICIPIOS DEL PAIS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
6 mar de 1969fecha
Otrostipo
G. O. 9130Gaceta Oficial del 1 ene de 1969
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 3392, que integra las Juntas Protectoras de la Agricultura de varios Municipios del país. (G. O. Nº 9130, del 22 de Marzo de 1969) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 3392 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—La Junta Protectora de la Agricultura del Municipio de Barahona, estará integrada de la siguiente manera: Lic. Angel Salvador González L., Presidente; Dr. Noe Sterling Vásquez, Vice-Presidente; Vetilio Fernández, Secretario; Luis Temístocles Acosta, Sustituto Secretario; Sebastián Guiliani, Tesorero; Nadim Cury, Vocal; Dionisio Sepúlveda, Vocal; Jabib Asmar, Vocal; David Lama, Suplente de Vocal; Lic. Juan Guiliani, Suplente de Vocal; Jacobo J. Lama, Suplente de Vocal. Art. 2.—La Junta Protectora de la Agricultura del Municipio de Cabral, estará integrada de la siguiente manera: Lucas Fernández, Presidente; Pedro Feliz Sáez, Vice-Presidente; Ramón Sandino Feliz Suárez, Secretario; Julio Díaz Lugo, Segundo Secretario; Felipe Báez, Tesorero; Lorenzo Feliz, Vocal; Artemio Ferreras, Vocal; Virgilio Feliz Nona, Vocal; Guarionex Olivero, Vocal; Felipe Feliz Bello, Vocal; Jacobo Cury Espinosa, Suplente de Vocal; Luis Cavallo R, Suplente de Vocal; Heriberto Feliz, Suplente de Vocal; Juan Bautista Feliz, Suplente de Vocal; Fernando Temístocles Feliz Pérez, Suplente de Vocal. Art. 3.—La Junta Protectora de la Agricultura del Distrito Municipal de Paraíso, estará integrada de la siguiente manera: Arturo Arbona Méndez, Presidente; Daniel de la Cruz, Vice-Presidente; Miguel de los Santos Matos, Secretario; Ramón Melo Díaz, Segundo Secretario; Carlos Moreta, Tesorero; Ramón Matos Moreta, Vocal; Eusebio Féliz, Vocal; Eulogio Amado Acosta, Vocal; Juan Gonzalo Acosta, Vocal; Juan Carrasco, Vocal; Obdulio Diaz, Suplente de Vocal; Ramón Matos Matos, Suplente de Vocal; José Altagracia Castillo, Suplente de Vocal; Juan Bautista Carrasco, Suplente de Vocal; Victor Díaz Acosta, Suplente de Vocal. Art. 4.—La Junta Protectora de la Agricultura del Distrito Municipal de Vicente Noble, estará integrada de la manera siguiente: Moisés Feliz, Presidente; Vetilio Cabrera, Vice-Presidente; Víctor Román, Secretario; José Matos (Tat), Segundo Secretario; Evangelista Báez, Vocal; Abelardo González, Vocal; Felipe Jiménez, Vocal. Art. 5.—La Junta Protectora de la Agricultura del Municipio de Puerto Plata, estará integrada de la manera siguiente: Fernando Cueto, Presidente; Dr. Andrés Pichardo, Vice-Presidente; Moisés Loinaz Salas, Tesorero; Agron. Roberto Castillo, Secretario; Rafael Balbuena F., Vicesecretario; José J. Redondo, Primer Vocal; Miguel Cocco, Segundo Vocal; Luis María Moreta, Tercer Vocal; Manuel Mena Gómez, Cuarto Vocal. Art. 6.—La Junta Protectora de la Agricultura del Municipio de Altamira, estará integrada de la siguiente manera: Rafael A. Polanco Morel, Presidente; Donaciano Vargas, Vice-Presidente; José Martínez Reyes, Secretario; Miguel A. Paulino Fernández, Tesorero; Elpidio Amadis, Vocal; José Moya Vargas, Vocal; Armando Ureña P., Vocal; Carlos A. Hernández M., Vocal. Art. 7.—La Junta Protectora de la Agricultura del Municipio de Imbert, estará integrada de la siguiente manera: Juan Canahuate Disla, Presidente; Miguel Angel Puig, Vice-Presidente; Severino Cruz Ventura, Tesorero; Diógenes Padilla García, Secretario; Anibal Medina, Vocal; José E. Cabrera V., Vocal; Rogelio Collado, Vocal; Arsenia Díaz, Vocal. Art. 8.—La Junta Protectora de la Agricultura del Municipio de Luperón, estará integrada de la siguiente manera: Darío Toribio Payero, Presidente; Aquilino Vásquez Paulino, Vice-Presidente; Tomás A. Morrobel Matías, Tesorero; Gabriel Aurelio Mercado, Secretario; Pedro Antonio Cueto Peña, Vocal; Mariano Morrobel J., Vocal; Modesto Padilla, Vocal; Jesús María Morrobel, Vocal. Art. 9.—La Junta Protectora de la Agricultura del Distrito Municipal de Sosua, estará integrada de la siguiente manera: César Peniche, Presidente; Dr. Clemente Montero, Vice-Presidente; Prudencio López Sánchez. Secretario; Dr. Naón García, Vocal; Erich Benjamin, Tesorero; Lorenzo Llibre, Vocal; Pedro Quintana, Vocal; Felipe Rodríguez, Vocal. Art. 10.—La Junta Protectora de la Agricultura del Dis- trito Municipal de Los Hidalgos, estará integrada de la siguiente manera: Doyle Angel Vargas, Presidente; Apolinar Pérez, Vice-Presidente; Antonio Martínez Sánchez, Tesorero; Reynaldo A. Pérez Rojas, Secretario; Armando Acosta, Vocal; Félix Antonio Francisco, Vocal; José Antonio Jackson, Vocal; Pedro Sánchez, Vocal. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los seis días del mes de marzo de mil novecientos sesenta y nueve, años 126° de la Independencia y 106° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona