Texto de la norma
Decreto Nº 3388, que autoriza al Sr. Rafael Antonio Pérez a hacer cambios en su nombre.
(G. O. Nº 9130, del 22 de Marzo de 1969)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3388
CONSIDERANDO que en virtud de la solicitud formulada por el señor Rafael Antonio Pérez, dominicano, mayor de edad, casado, domiciliado y residente en [domicilio omitido], portador de la cédula de identificación personal [omitida], fué autorizado a realizar los procedimientos requeridos por la Ley Nº 659, de fecha 17 de julio de 1944, sobre Actos del Estado Civil, para cambiar su nombre por el de Rafael Antonio Martínez Pérez;
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades requeridas por la ley;
CONSIDERANDO que la Junta Central Electoral ha certificado en fecha veintinueve (29) del mes de enero del año mil novecientos sesenta y nueve (1969), que no se ha realizado ninguna oposición legal a la solicitud formulada por el señor Rafael Antonio Pérez, para que pueda cambiar su nombre por el de Rafael Martínez Pérez;
VISTO los artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—El señor Rafael Antonio Pérez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Rafael Antonio Martínez Pérez.
Art. 2.—El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los seis días del mes de marzo de mil novecientos sesenta y nueve, años 126º de la Independencia y 106º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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