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Texto de la norma
VISTA la Ley Nº 4541, del 22 de septiembre de 1956, que modifica el párrafo del artículo 6 de la Ley Nº 4249, del 18 de agosto de 1955, que hace obligatoria la Pasantía Profesional de los Ingenieros Arquitectos e Ingenieros Civiles;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
UNICO.—Se otorga exequátur al señor Vital García Abarca, para que pueda ejercer en todo el territorio de la República, la profesión de Ingeniero Arquitecto, de conformidad con las leyes y reglamentos de la materia.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro días del mes de enero de mil novecientos sesenta y nueve, años 125° de la Independencia y 106° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Decreto Nº 3278, que otorga exequátur de C.P.A. al Lic. Miguel A. González Medina.
(G. O. Nº 9124, del 8 de Febrero de 1969)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3278
VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales Nº 111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones;
VISTA la Ley Nº 633, sobre Contadores Públicos Autorizados, de fecha 18 de junio de 1944, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
UNICO.—Se otorga exequátur al Lic. Miguel Angel González Medina, para que pueda ejercer en todo el territorio de la
República, la profesión de Contador Público Autorizado, de conformidad con las leyes y reglamentos de la materia.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro días del mes de enero de mil novecientos sesenta y nueve, años 125° de la Independencia y 106° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Decreto Nº 3279, que otorga exequátur de Médico a las Dras. Carmen R. Uribe Núñez y Nidia A. Gómez Báez.
(G. O. Nº 9124, del 8 de Febrero de 1969)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3279
VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales Nº 111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones;
VISTA la Ley Nº 146, sobre Pasantía de Médicos recién graduados, de fecha 11 de mayo de 1968;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
UNICO.—Se otorga exequátur a las Doctoras Carmen Regina Uribe Núñez y Nidia Altagracia Gómez Báez, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, la profesión de Médico, de conformidad con las leyes y reglamentos de la materia.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro días del mes de enero de mil novecientos sesenta y nueve, años 125° de la Independencia y 106° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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