Decreto No. 310, que concede sendas pensiones del Estado a los señores Justina Mojica y Juan Encarnación (ancianos).
G. O. No. 8769, del 29 de junio de 1963
JUAN BOSCH
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 310
CONSIDERANDO que las personas que se indican en el dispositivo de este Decreto reúnen las condiciones exigidas por la Ley que concede el beneficio de pensiones del Estado a Nonagenarios y Centenarios de nacionalidad dominicana residentes en [domicilio omitido];
VISTA la Ley No. 4219, sobre Pensiones a Nonagenarios y Centenarios, de fecha 22 de julio de 1955 y su Reglamento No. 1150, del 14 de septiembre del mismo año;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Concedo sendas pensiones del Estado de treinta pesos oro (RD$30.00) mensuales, cada una, a los señores Justina Mojica y Juan Encarnación, de 90 y 91 años de edad, respectivamente.
Art. 2.- Dichas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Públicos.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte días del mes de junio del mil novecientos sesenta y tres; años 120o. de la Independencia y 100o. de la Restauración.
JUAN BOSCH
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona