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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 4058

QUE CREA E INTEGRA UNA COMISION PARA SUPERVISAR TODO LO CONCERNIENTE A LA BIBLIOTECA NACIONAL ACTUALMENTE EN CONSTRUCCION

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
28 ago de 1969fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 9154Gaceta Oficial del 1 ene de 1969
Poder Ejecutivoórgano
3personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
José Antonio Caro AlvarezMiembro de un órganoel Presidente del Archivo General de la Nación
Enrique de MarcrenaMiembro de un órganoel señor Héctor Herrera Miembros
Carmen Teresa Jacobo VilatóMiembro de un órgano—

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 4058, que crea e integra una Comisión para supervisar todo lo concerniente a la Biblioteca Nacional actualmente en construcción. (G. O. Nº 9154, del 17 de Septiembre de 1969) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 4058 CONSIDERANDO que el Gobierno Nacional está empeñado en el desarrollo cultural de la Nación; y para esos fines se ha propuesto, con la creación de una Biblioteca Nacional pública, que el hábito de la buena lectura llegue hasta aquellos dominicanos que por sí mismos no pueden proporcionarse los medios de adquirir conocimientos; CONSIDERANDO, por otra parte, que el edificio para alojar la Biblioteca Nacional pública está ya en proceso de construcción. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—Se crea una Comisión que tendrá a su cargo: a) Velar porque la Biblioteca Nacional cumpla con su misión cultural. b) Gestionar donativos de libros, folletos, opúsculos, panfletos, manuscritos, documentos, revistas, periódicos, cuadros, fotografías, microfilms, diapositivas, cintas cinematográficas y magnetofónicas, partituras, y todo lo que pueda enriquecer el fondo bibliotecario. c) Gestionar el enriquecimiento de las colecciones y equipo de la Biblioteca. d) Gestionar donaciones de particulares e instituciones nacionales o extranjeros. e) Establecer relaciones con organizaciones similares en otros países. f) Establecer relaciones con las casas editoras oficiales o particulares, nacionales o extranjeras y con los centros culturales, científicos y artísticos, a fin de obtener ejemplares de todas las obras editadas por los mismos. g) Presentar exposiciones de libros, pinturas, esculturas, grabados, fotografías y organizar ciclos de conferencias. Art. 2.—Dicha Comisión estará integrada por los señores Arquitecto José Antonio Caro Alvarez, quien la presidirá, el Presidente del Archivo General de la Nación, el Presidente de la Academia Dominicana de la Historia, el Presidente del Ateneo Dominicano, el Presidente de la Academia Dominicana de la Lengua, el Presidente de la Sociedad Pro Cultura, el Presidente de la Sociedad Amantes de la Luz, el Presidente de Alianza Cibaeña, el Dr. Enrique de Marcrena, el señor Héctor Herrera Miembros, y la Dra. Carmen Teresa Jacobo Vilató, quien actuará como Secretaria. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho días del mes de agosto del mil novecientos sesenta y nueve, años 126° de la Independencia y 107° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona