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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 4017

QUE CREA E INTEGRA UNA COMISION ENCARGADA DE ORGANIZAR LA 1RA EXPOSICION MUNDIAL DEL LIBRO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
18 ago de 1969fecha
Designacióntipo
G. O. 9153Gaceta Oficial del 1 ene de 1969
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 4017, que crea e integra una Comisión encargada de organizar la 1ra. Exposición Mundial del Libro. (G. O. Nº 9153, del 13 de Septiembre de 1969) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 4017 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—Se crea una Comisión encargada de organizar la Primera Exposición Mundial del Libro, que tendrá lugar en Santo Domingo de Guzmán, Capital de la República Dominicana, durante el próximo año de 1970, la cual estará integrada de la siguiente manera: Lic. Luis Julián Pérez, Presidente de la Comisión Nacional de Desarrollo; Dra. Altagracia Bautista de Suárez, Secretario de Estado de Educación, Bellas Artes y Cultos; Dr. Eudoro Sánchez y Sánchez, Secretario Técnico de la Presidencia; Embajador Dr. Enriquillo Rojas Abreu, en representación de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores; Prof. Miguel Angel Jiménez, Ayudante Civil del Presidente de la República; un Representante del Ayuntamiento del Distrito Nacional, designado por esa institución; el Rector de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD); el Rector de la Universidad Católica Madre y Maestra (UCMM); el Rector de la Universidad Nacional Pedro Henríquez Ureña (UNPHU); Dr. Julio Jaime Julia; Dr. Antonio Frías Gálvez; Dr. Pedro Troncoso; un Representante de la Cámara de Comercio, Agricultura e Industria del Distrito Nacional, designado por dicho organismo; un Representante de la Dirección General de Turismo, designado por dicho organismo; Sr. Julio D. Postigo; el Presidente del Ateneo "Amantes de la Luz" de Santiago de los Caballeros; y el Sr. Gustavo Jiménez Cohén. Art. 2.—La Comisión que se crea por el presente Decreto tendrá a su cargo el planeamiento del certámen, la elaboración del prpyecto de financiamiento del mismo y la designación de su Secretaría Ejecutiva. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho días del mes de agosto del año mil novecientos sesenta y nueve, años 126° de la Independencia y 106° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona