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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 3902

QUE NOMBRA A LOS SRES. DR. EUDORO SANCHEZ Y SANCHEZ, DR. JULIO C. ESTRELLA Y DR. LEONARDO MATOS BARRIDO, MIEMBROS DE LA COMISION MIXTA DOMINICO-VENEZOLANA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
24 jul de 1969fecha
Designacióntipo
G. O. 9151Gaceta Oficial del 1 ene de 1969
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.

Texto de la norma
DADO en Sailto Ilomingo de GuzmBn, Distrito Nacimal, Capital de la Rep6blica Dominicana, a 10s veinticuatro diRs del mes l e julic del afie mil novecientos sesenta y nueve, aflo; 1260 c?c la IndepPndcncia y 106” de la Restauracihn. JOA\QUIN BAIAGtfER Decreto NG 3902, qiic nonibra a 10s Sres. DY. E u i S;,,che? y Sa~thez, Dr. Julio C. Estrelia y Dr. LeonarG‘o Matos Ec-lido, blieiiibrc~ de& Cornisicin Mixta Dominica-Ven~zolana. (G. 0. No 9151, del 16 de Agosto de 1969: JOAQUTN EALAGUEK I’rcsidentp de la Reptiblica I)ominicana NUhIERO 3902 En virtud de las atribuciones que me oonfiere el articu 55 do la ConstitLlcidn de la Repiiblica, dicto el siguiente D E C R E T O : Art. 1 ~ -Los tres I iiembros pzr (11 Goh;rim d c n i ; n i s Que intcJgra1 an la Conliai6n JIixta nomini~o-Vcnezola~ia. rre c’ 7 mi virluJ dc.’ P - L I C ~ O susc+iito i ~ o t - Ir? Caccillcres +e t:ei zitc’? y de la, Rcpiibl;ca 1)cmin-Cwia (In f ~ c h a $0 de jvlio 1969, seran 10s sciiorvs Doctor EurIoro S&nc‘iez y Shwhez, ; cretario T6cnic-o de la I’residencia: J)C‘!UI Julio C. Estre Secmtmio d e Esta:no, Director. la Oficina Nanional ( 1 ~ P rificeciin; y Ikctor Lecnaldo Slatos Berrrclo l’residmte I min:s:rador dc! Instituto de 1)csawollo y C r d i t o CcpwraA (IDECQP) . Art. 2.--l)e confoi*midacl ccn I ~ I F fine: esiiecific3h (’1 iiisii-xrneiito de rcu creaci6n. la Corrisibn Mixfa Ihminico- nezolana tendr6 por finaliikl propcner prograiilns d~ mi col&oraci6n entre ambos paises. En tal vji-tud, 10s t:tv.lare l a p Srcwtarias de Estado y Organismos huthomos Ofic: aLie tenqan o Ilegaren a tener participa5‘n en la eiecuci6 E S C S programas de colaboracih actuar&n ccmo asecorc’s rJf clia Comisi6n. pisrnos privados en ’os casos en qrJe sra necegario para la p+rt. 3. -La Comisi6n tambidii po44 consultar a 10s jor ejecución de los programas de colaboración en que participen dichos sectores. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro días del mes de julio del año mil novecientos sesenta y nueve, años 126° de la Independencia y 106° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER Decreto Nº 3903, que nombra a Sr. Donaciano Vargas Ayudante Civil del Presidente de la República. (G. O. Nº 9151, del 16 de Agosto de 1969) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 3903 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: UNICO.—El señor Donaciano Vargas queda nombrado Ayudante Civil del Presidente de la República, con asiento en Altamira, honorífico. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco días del mes de julio de mil novecientos sesenta y nueve, años 126° de la Independencia y 106° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER Decreto Nº 3904, que nombra al Sr. J. Agustín Pimentel, Supervisor de la Secretaría de Estado de Industria y Comercio en la Región del Cibao. (G. O. Nº 9151, del 16 de Agosto de 1969) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 3904 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona