Texto de la norma
Decreto No. 9248, que concede como homenaje póstumo la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella a varios señores.
G. O. No. 8746-Bis, del 24 de marzo de 1963
República Dominicana
EL CONSEJO DE ESTADO
NUMERO: 9248
CONSIDERANDO: que los señores Antonio de la Maza, Salvador Estrella Sahdalá, Huáscar Tejeda P., Pedro Livio Cedeño, Amado García Guerrero, Roberto Pastoriza, Miguel Angel Báez Díaz, Juan Tomás Díaz, Modesto Díaz, Mario A. de la Maza, Ernesto A. de la Maza y Luis Manuel Cáceres M., formaron parte, junto con sus compañeros Antonio Imbert Barrera y Luis Amiama
Tió, de la patriótica conspiración que, con el ajusticiamiento del tirano la noche memorable del 30 de Mayo de 1961, puso término a la más negra satrapía de América;
CONSIDERANDO: que de ese mismo grupo de valientes dominicanos, corresponde ahora rendir póstumo homenaje, a aquéllos que, al ser vilmente inmolados por la vesanía criminal, agregaron a su condición de héroes la excelsitud del martirio;
VISTA la Ley No. 1113, del 26 de mayo de 1936, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 55 y 117 (transitorio) de la Constitución de la República, dicta el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se concede, como homenaje póstumo, la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella, en el Grado de Gran Cruz Placa de Oro, a los señores Antonio de la Maza, Salvador Estrella Sahdalá, Huáscar Tejeda P., Pedro Livio Cedeño, Amado García Guerrero, Roberto Pastoriza, Miguel Angel Báez Díaz, Juan Tomás Díaz, Modesto Díaz, Mario A. de la Maza, Ernesto A. de la Maza y Luis Manuel Cáceres M.
Art. 2.— Dichas condecoraciones serán recibidas por las viudas, madres o hijos de los héroes y mártires a quienes se rinde este póstumo reconocimiento.
Art. 3.— Envíese a la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, para los fines de lugar.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiseis días del mes de febrero
del mil novecientos sesenta y tres; años 119o. de la Independencia y 100o. de la Restauración.
POR EL CONSEJO DE ESTADO:
RAFAEL F. BONNELLY
Presidente de la República
y del Consejo de Estado
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