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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 9086

QUE DECLARA DE UTILIDAD PUBLICA LA ADQUISICION POR EL AYUNTAMIENTO DE TENARES DE UNA PARCELA UBICADA EN DICHO MUNICIPIO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
29 ene de 1963fecha
Utilidad pública o expropiacióntipo
G. O. 8738Gaceta Oficial del 1 ene de 1963
Consejo de Estadoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 9086, que declara de utilidad pública la adquisición por el Ayuntamiento de Tenares de una parcela ubicada en dicho municipio. G. O. No. 8738, del 13 de febrero de 1963 República Dominicana EL CONSEJO DE ESTADO NUMERO: 9086 VISTA la Resolución No. 40, de fecha 29 de noviembre de 1962, dictada por el Ayuntamiento del Municipio de Tenares; VISTA la Ley de Dominio Eminente No. 480, del 20 de mayo de 1920, y sus modificaciones, y la Ley No. 344, del 29 de julio de 1943, sobre Procedimiento de Expropiación, y sus modificaciones; VISTO el artículo 8, inciso 9, de la Constitución de la República; En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 55 y 117 (transitorio) de la Constitución de la República, dicta el siguiente DECRETO: Art. 1.- Se declara de utilidad pública e interés social la adquisición por el Ayuntamiento del Municipio de Tenares, de la Parcela No. 208 del Distrito Catastral No. 5 de aquel Municipio, con una extensión superficial de cuatro y media (4-1/2) tareas, propiedad del señor Francisco del Rosario González (Chichi), la cual será destinada para un plan de urbanización que tiene en proyecto ese Ayuntamiento, y para el arrendamiento de solares a numerosas personas que los han solicitado para la construcción de sus viviendas. Art. 2.- El presente decreto debe ser publicado en la Gaceta Oficial y en un periódico de amplia circulación en el territorio nacional. Art. 3.- Envíese al Secretario de Estado de Interior y Policía, Presidente ex-oficio del Comité Ejecutivo de la Liga Municipal Dominicana, para los fines de lugar. DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los 29 días del mes de enero de mil novecientos sesenta y tres; años 119o. de la Independencia y 100o. de la Restauración. POR EL CONSEJO DE ESTADO: RAFAEL F. BONNELLY Presidente de la República y del Consejo de Estado Nota: El presente Decreto fue fue publicado oficialmente en el diario "La Nación", de Santo Domingo, el día 31 de enero de 1963.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona