miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 3519

QUE APRUEBA LA RESOLUCION NO. 48-68 DEL DIRECTORIO DE DESARROLLO INDUSTRIAL

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
5 abr de 1969fecha
Incentivos, zonas francas y clasificación industrialtipo
G. O. 9135Gaceta Oficial del 1 ene de 1969
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto N° 3519, que aprueba la Resolución N° 48-68 del Directorio de Desarrollo Industrial. (G. O. N° 9135 del 12 de Abril de 1969) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 3519 CONSIDERANDO que la empresa "Peravia Industrial S. A.", obtuvo del Directorio de Desarrollo Industrial la clasificación en la Categoría "C", a fin de acogerse a los beneficios de la Ley N° 299, de Incentivo y Protección Industrial, de fecha 23 de abril de 1968; CONSIDERANDO que para dictar su Resolución el Directorio de Desarrollo Industrial comprobó que la empresa solicitante reunía las condiciones exigidas por la Ley N° 299, del 23 de abril de 1968; VISTO el artículo 38 de la Ley N° 299 del 23 de abril de 1968; . . _ _ _ _ _ - -@- En ejercicio de las atribuciones que me corif-iere..el art&~.~- lo 5b de la Constitucihn de la RepGblica dicto el siguiente D E C I E E T O : Art. 1.-Se aprueba la Resolucidn No 48-68 del Directorio de Desarrollo Industrial, de feciha 20 de diciembre de 1968, la cual copiada textualmente dice as;: - “Resoluci6n NQ 48-68 CONSIDERANDO: Que la empresa “Peravia Industrial, S. &’*, present6 a1 Departamento Tkcnico Industrial una soli- citug de cJasificaci6n registrsda con el nfimero 60 en fecha 16 de gctubre de 1968, para acogerse a 10s beneficios de la Ley NQ 299 y ser clasificacis en la categoria “C”. CONSIDERANDO : Que “Peravia Industrial, S.A.”, pro- duce pasta de tomate, catsup y jugos de tomate y de frutas na- cionales y extranjeras que sustituyen importaciones. VISTO: El informe presentado por el Departamento TCc- nico Industrial, del cual se transcriben 10s siguientes puntos: Inversi6n total de la empresa : RD$435,278.70. Localizacidn : Bani. Empleos creados: 95. Msterias primas nacionales: 80.1%. Valor agregado : RD$124,673.40. Efectos hacia atras : Importantes. Efectos sobre la distribucihn del ingreso: Positivos. Solvencia moral y econ6mica: Satisfactoria. ’ VISTOS: Los articulos 9, 11, 12, 17, 19, 28, 25, %, $q, 38 y 40 de la Ley NQ 299 de fecha 23 de abril de 1968. En ejercicio de las facultades que nos confiere dicha Ley, R E S U E L V E : PRIMER0 : Clasificar a la empresa “Peravia Tndaskial, S. A.”, en la Categoria “C”. \ SEGUNDO: Concederle por un period0 de 15 aiios exone- racirin en proporcih de un 90% de todos 10s derechos. e im- puestos de importacidn y demis gravAmenes oonexps, incluw- I . do el $ranceI, 10s impuestos unificados y 10s de consumo interno que incidan sobre 10s siguientes articulos : Canticfades anuales Nombre de 10s Art ’culos 27,500 Libras Estabilizador vegetal. 12,800 Libras Acido citrico. 9,800 Libras Enriquecedor. 12,500 Libras Pegarkento. 15,500 Libras Soda ca6stica. 350,000 Galones Bunker Oil. TERCERO: Exigir a esta empresa el cumplimiento de las dguientes obIigaciones: Enviar a1 Departamento Tknico Industrial un informe anual indicando el monto de su prodccci6n, asi como el valor y cantidad de las materias primas importadas con liberaci6n de derechos e impuestos. Utilizar las materias primas nacionales tan pronto co- mo se produzcan en el pais en calidad y a precios com- petitivos con las importadas. Mantener la calidad y 10s precios de SUB articulos. Cumplir ademas con todas las disposiciones que pone a su cargo la Ley NP 299, de fecha 23 de a,bril de 1968. DADA en Santo Doming0 de GuzmCtn, Distrito Nacional, Capital de la Rep6blica Dominicana, a 10s veinte (20) dias del nies de diciembre del aiio mil novecientos sesenta y ocho (1968), aiios 1250 de la Independencia y 1060 de la Restauraci6n. Josi! A. Brea Pefia, Secretario de Estado de Industria y Comercio, I’residepte del Directorio de Desarrollo Industrial. Yo. Ing. Juan L. Marte, Secretario Ejecutivo del Departa- mento TPcnico ‘Industrial, CERTIFICO: Que esta decisi6n fue tomada por 10s Miembros del Directorio de Desarrollo Industrial en sesi6n celebrada en el Despacho del Secretario de Estado de Industria y Comercio, el dia 20 de diciembre de 1968, de la cual reposa acta ev 10s archivos del Departamento T6cnico fndus- trial. Ing. Juan L. Marte, Secretario Ejecutivo del Departamento Tkcnico Industrial”. Art. Z.-Env*ese a las Sacretarias dc Estado de Finanzas y de Tnduqtria y Comercio para 10s fines correspondientes. - . _i ,-r. I DADO en Santo Domingo de Guman, Distrito Nacional, Capital de la Repdblica Dorninicana, a 10s cinco dias del mes de abril de mil novecientos sesenta y nueve, aiios 126* de la Independencia y 1060 de la Restauracibn. JOAQUIN BALAGUEI$ I I necreto NO 3520, que autoriza a1 Ayto. del Municipio de La Romana a vender un so'ar de su propiedad. (G. 0. No 9 1 3 5 del 12 de Abri! de 1969) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la Repfiblica Dorninicana NUIfERO 3520 VISTA la solicitud formulada por el Ayuntamiento del Mu- nicipio de La Romana, rnediante su coniunicaci6n NQ 648, de fecha 22 dc novicmbre de 1968; En virtud de lo que dispone el articulo 3 de la Ley NO 4381, de fecha 10 de febrero de 1956; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articu- lo 55 de la Constitucih de la Repfiblica dicto el siguiente D E C R E T O : ARTICULO UNIC0.-Se autoriza a1 Ayuntamiento del Mu- nicipic de La Romana a vender un solar de su propiedad, a la seiiora CAndida Vhsquez de Torres, marcado con el NP 11 de la Mafizana N0 90, de la Parcela N9 823 del Distrito Catastral NQ 1, situado en la calle Gregorio Luperh, con una extensi6n su-- perficinl de 480.89 metros cuadrados, por el precio de kD$- 1,683.05. DADO en Santo Domingo de GuzmAn, Distrito Naqional, Capital de la Repdblica Dorninicana, a 10s cinco dias del mes de abril de mil novecientos sesenta y nueve, afios 126p de Is Independencia y 106'? de la Restauraci6n. JOAQUIN BALACUEq

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona