Texto de la norma
Decreto N° 3439, que autoriza la emisión de sellos semipostales para contribuir a los propósitos de la campaña del AÑO DE LA EDUCACION. (G. O. N° 9131, del 25 de Marzo de 1969)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3439
VISTA la Ley sobre Especies Timbradas N° 2461, de fecha 18 de Julio de 1950;
VISTA la Ley N° 406. de fecha 8 de marzo de 1969;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se autoriza la emisión de 2,000.000 (dos millones) de sellos semi-postales, de la denominación de un centavo, para
contribuir a los propósitos de la campaña del AÑO DE LA EDUCACION.
Art. 2.—Estos sellos serán de forma rectangular en tamaño de 25 milímetros de ancho por 34 milímetros de alto, de color azul, con las siguientes caracteristicas en su diseño: a todo el ancho de la parte superior tendrán la leyenda "República Dominicana"; hacia la esquina superior izquierda aparecerá el valor facial expresado así: "1¢"; en el ángulo izquierdo desde abajo hacia arriba, llevarán la inscripción "1969-Año de la Educación"; en el centro y hacia el ángulo derecho mostrarán una figura arquitectónica representando una escuela y delante de esa figura, la reproducción de la bandera nacional en un asta; en la esquina inferior izquierda se representará una mano sosteniendo una antorcha encendida proyectando luz; y en la parte inferior se representarán varias figuras de niños caminando hacia la escuela.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once días del mes de marzo de mil novecientos sesenta y nueve, años 126° de la Independencia y 106° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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