jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 40

QUE AUTORIZA LA IMPRESION DE UNA EMISION DE SELLOS POSTALES.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
5 oct de 1963fecha
Otrostipo
G. O. 8793Gaceta Oficial del 1 ene de 1963
Triunviratoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 40, que autoriza la impresión de una emisión de sellos postales. G. O. No. 8793, del 9 de octubre de 1963 República Dominicana EL TRIUNVIRATO NUMERO: 40 CONSIDERANDO que el día 25 de octubre de este año hará un siglo que el filántropo suizo Henri Durant vió encarnadas sus ideas humanitarias en la institución universal de la Cruz Roja Internacional, creada para prevenir o mitigar el dolor humano; CONSIDERANDO que siendo nuestro país de los que, con más rigor han sentido los efectos del dolor y la miseria, no debe sustraerse a la conmemoración de ese significativo acontecimiento; CONSIDERANDO que el Centenario de tan magna organización es un acontecimiento que amerita ser plasmado en el simbolismo del sello postal; VISTA la Ley No. 2461, sobre Especies Timbradas, del 18 de julio de 1950; En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicta el siguiente DECRETO: Art. 1.- Se autoriza una emisión de sellos postales, para el franqueo ordinario y aéreo de la correspondencia, con motivo del Centenario de la Cruz Roja Internacional, en los siguientes tipos y cantidades: 300,000 (Trescientos mil) sellos de tres centavos para el franqueo ordinario, color gris claro; 400,000 (Cuatrocientos mil) sellos de seis centavos para el franqueo ordinario, color verde claro; y 300,000 , (Trescientos mil) sellos de diez centavos para el h n - que0 adreo, color gris claro. Art. 2.- Los sellos de tres centavos tendrhn 28 mm. de ancho por 40 mm. de alto, en la parte superior llevardn la leyenda “RepClblica Dominicana”, inmediatamente mis abdo, en el lado derecho la palabra “Correos” sobre el valor facial y en el lado izquierdo una cruz roja; en el centro llevarin una alegoda repre- sentado; runah figura humana postrada en un lecho y otra repre- sentando una enfermera en el ejercicio de su noble labor; en la parte inferior tendfin la leyenda “Centenario de la Cruz Roja Intemacional”. El sell0 de seis centavos tendrg las mismas dimensiones y dise- Ao que el de tres centavos, con excepci6n del valor facial. Los sellos de diez centavos tendrin 40 mm. de ancho por 28 mm. de alto; en la parte superior a todo el ancho llevadn la leyenda “Repdblica Dominicana”, inmediatamente msis ab40 las palabras “Correo Abreo” y el valor facial, en el centro, sobre la representaci6n del mapa mundial, tendri una cruz roja entre Ias cifras 1863 y 1963 y en el lado inferior, a todo lo ancho, la leyenda “Centenario de la Cruz Roja Internacional”. Art. 3.- Estos sellos sedn puestos en circulaci6n el dfa 25 de octubre de 1963. Art. 4.- El presente Decreto deroga y sustituye el Decreto No. 569 de fecha 23 de septiembre de 1963. DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la Repdblica Dominicana, a 10s cinco dfas del mes de octubre de mil novecientos sesenta y tres; &os 1200. de la Independencia y 1010. de la Restauracibn. Emilio de 10s Santos Ram611 Tapia Espinal Manuel E. Tavares Espaillat

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona