Texto de la norma
Decreto No. 528, que concede el beneficio de la naturalización dominicana a varias Rvdas. Religiosas de la Congregación Hijas de Jesús.
G. O. No. 8788, del 18 de septiembre de 1963
JUAN BOSCH
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 528
VISTA la instancia que por conducto del Ministerio de Interior y Policía han elevado al Poder Ejecutivo las Rvdas. Religiosas de la Consagración Hijas de Jesús, Sor María Concepción Suáres García, Sor María Dolores Erausquín Soroa, Sor Verónica Tejedor Vallejo, Sor Lucía García Ríos, Sor María del Perpétuo Socorro León Robuster, Sor María Toca Mompín, de nacionalidad española, mayores de edad, solteras, de ocupación religiosas, portadoras de las cédulas de identificación personal Nos. [cédula]6806, 50373, 50371, series 31, domiciliadas y residentes en [domicilio omitido], solicitando que les sea concedido el beneficio de la nacionalidad dominicana;
VISTOS los documentos que acompañan dicha instancia;
VISTA la Ley No. 1683, sobre Naturalización, de fecha 16 de abril de 1948, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128, inciso 2, de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Concedo el beneficio de la naturalización dominicana a las Rvdas. Religiosas de la Congregación Hijas de Jesús, Sor María Concepción Suárez García, Sor María Dolores Erausquín Soroa, Sor Verónica Tejedor Vallejo, Sor Lucía García Ríos, Sor María del Perpétuo Socorro León Robuster, Sor María Jesús Toca Mompín, de las generales arriba indicadas.
Art. 2.- Las beneficiarias recibirán la carta de naturalización de manos del Gobernador de la Provincia de Santiago, previo juramento de fidelidad a la República, prestado ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.- Envíese a los Ministerios de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once días del mes de septiembre del mil novecientos sesenta y tres; años 120º de la Independencia y 101o. de la Restauración.
JUAN BOSCH
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