Decreto Nº 3193, que concede jubilación con pensión del Estado al Sr. Luis A. Martínez G.
(G. O. N. 9121, del 22 de Enero de 1969.)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3193
VISTA la Ley Nº 5185, sobre Pensiones Civiles del Estado, de fecha 31 de julio de 1959;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión del Estado de ciento sesenta y cinco pesos oro (RD$165.00) mensuales, al señor Luis A. Martínez Guirado.
Art. 2.—Dicha pensión será pagada con cargo a los Fondos de la Superintendencia de Bancos.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional,
Capital de la República Dominicana, a los veintiocho días del mes de diciembre del año mil novecientos sesenta y ocho, años 125° de la Independencia y 106° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona