Texto de la norma
Decreto N° 3095, que modifica el Decreto N° 2859, de fecha 3 de octubre de 1968.
(G. O. N° 9119, del 8 de Enero de 1969)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3095
VISTA la Resolución N° 29-68 del Directorio de Desarrollo Industrial, de fecha 8 de noviembre de 1968, cuya parte dispositiva es la siguiente:
"Primero: Modificar la citada Resolución N° 9-68, a fin de que las partidas de 1,000 condensadores eléctricos y 1,000 filtros eléctricos, sean corregidas y se hagan figurar únicamente como condensadores y filtros, sin el término "Eléctricos".
"Segundo: Solicitar en consecuencia al Poder Ejecutivo, modificar en igual sentido el aludido Decreto N° 2859, de fecha 3 de octubre de 1968".
VISTOS los artículos 23 y 38 de la Ley N° 299 de Incentivo y Protección Industrial, de fecha 23 de abril de 1968;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se modifica el Decreto Nº 2859, de fecha 3 de octubre de 1968, a fin de que las exoneraciones acordadas a la "Industria Continental, C. por A.", en lo que respecta a las partidas referentes a 1,000 condensadores eléctricos y 1,000 filtros eléctricos, figuren únicamente como "Condensadores y Filtros", sin el término "Eléctricos", que se hace figurar en dicho Decreto.
Art. 2.—Envíese a las Secretarías de Estado de Finanzas y de Industria y Comercio, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de diciembre del año mil novecientos sesenta y ocho, años 125º de la Independencia y 106º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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