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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 3045

QUE DECLARA LA PRIMERA SEMANA DEL MES DE DICIEMBRE COMO LA "SEMANA DEL CONSUMO DE PRODUCTOS NACIONALES".

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
21 nov de 1968fecha
Declaratoria (interés, día, duelo)tipo
G. O. 9117Gaceta Oficial del 1 ene de 1968
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 3045, que declara la primera semana del mes de diciembre como la “Semana del Consumo de Productos Nacionales”. (G. O. Nº 9117, del 23 de Dic. de 1968.) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 3045 CONSIDERANDO que en un encomiable esfuerzo las empresas nacionales están elaborando productos y artículos que compiten en presentación y calidad con sus similares extranjeros; CONSIDERANDO que el empeño demostrado tanto por los productores como por los industriales nativos debe merecer el reconocimiento del Gobierno y el estímulo de la ciudadanía; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O : Art. 1.—La primera semana del mes de diciembre del año en curso, queda declarada como la “Semana del Consumo de Productos Nacionales”, con el fin de que el público aprecie la calidad y presentación de los productos del país, y se habitúe a su consumo. Art. 2.—Se exhorta a todos los productores nacionales y a los dueños de establecimientos comerciales a efectuar exhibiciones de los referidos productos. Art. 3.—La Secretaría de Estado de Industria y Comercio y las Cámaras de Comercio, Agricultura e Industria tomarán las medidas necesarias para la obtención de los propósitos perseguidos en el presente Decreto. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiún días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y ocho, años 125º de la Independencia y 106º de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER NOTA: El presente decreto fue publicado oficialmente en el diario “El Caribe”, de Santo Domingo, el 22 de noviembre de 1968.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona