Texto de la norma
Decreto Nº 3032, que concede provisionalmente la nacionalidad dominicana al menor Juan Sucarr Khoury.
(G. O. Nº 9117, del 23 de Dic. de 1968.)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3032
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía ha elevado al Poder Ejecutivo el señor Mohen Sucarr Fahel, dominicano, en solicitud de que se le conceda la nacionalidad dominicana, provisionalmente, a su hijo menor de edad, Juan Sucarr Khoury;
VISTOS los documentos que acompañan dicha instancia;
VISTO el párrafo I del artículo 26 de la Ley Nº 1683, sobre Naturalización, de fecha 16 de abril de 1948, agregada por la Ley Nº 2865, de fecha 31 de diciembre de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se concede provisionalmente la nacionalidad dominicana al menor Juan Sucarr Khoury, nacido en Miniara, Akkar, Líbano, en fecha 19 de octubre de 1964, hijo legítimo de los señores Mohen Sucarr Fahel, dominicano, y Emeline Yousef Khoury.
Art. 2.—Al cumplir la edad de 18 años, el menor favorecido por el presente Decreto podrá optar definitivamente por la nacionalidad dominicana, en la forma prevista por el artículo 11, inciso 3, de la Constitución de la República.
Art. 3.—Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiún días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y ocho, años 125° de la Independencia y 106° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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