Texto de la norma
Decreto Nº 2821, que autoriza al Dr. Ciro Amaury Dargam C., a aceptar y usar una condecoración extranjera.
(G. O. Nº 9112, del 3 de Diciembre de 1968)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 2821
VISTA la instancia elevada al Poder Ejecutivo por el Dr. Ciro Amaury Dargám Cruz, Embajador, Encargado de la División de Asuntos Europeos y Afroasiáticos de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, mediante la cual solicita la autorización necesaria para poder aceptar y usar la Condecoración de la Orden al Mérito por Servicios Distinguidos, que en el grado de Gran Cruz le ha sido otorgada por el Gobierno del Perú;
VISTAS las disposiciones de la Ley Nº 1325, de fecha 12 de enero de 1947, y del Reglamento Nº 4157, del 4 de febrero del mismo año;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—El Dr. Ciro Amaury Dargám Cruz, Embajador, Encargado de la División de Asuntos Europeos y Afroasiáticos de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, queda autorizado a aceptar y usar la Condecoración de la Orden del Mérito por Servicios Distinguidos en el grado de Gran Cruz, que le ha sido conferida por el gobierno del Perú.
Art. 2.—Comuníquese a la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete días del mes de septiembre del año mil novecientos sesenta y ocho, años 125º de la Independencia y 106º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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