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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 2760

QUE INTEGRA LAS JUNTAS PROTECTORAS DE LA AGRICULTURA EN LOS MUNICIPIOS DE JIMANI, LA DESCUBIERTA, NAGUA Y EL SEYBO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
30 ago de 1968fecha
Designacióntipo
G. O. 9111Gaceta Oficial del 1 ene de 1968
Poder Ejecutivoórgano
2personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
José Manuel V. MercedesDesignación—
Linardo FernándezDesignación—

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • José Manuel V. Mercedes

  • Linardo Fernández

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 2760, que integra las Juntas Protectoras de la Agricultura en los Municipios de Jimaní, La Descubierta, Nagua y El Seybo. (G. O. Nº 9111, del 25 de Noviembre de 1968) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 2760 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO : Art. 1.—La Junta Protectora de la Agricultura del Municipio de Jimaní, Provincia Independencia, estará integrada de la siguiente manera: Cecilio Ramírez, Presidente; Juan Bautista Medrano, Vicepresidente; Eleuterio Santana M., Secretario; Ramón Antonio Sánchez, Tesorero; Domingo Cuevas Feliz, Primer Vocal; Pompilio Pérez, Segundo Vocal; Nicanor Trinidad, Suplente de Vocal; Emenegildo Medrano, Suplente de Vocal. Art. 2.—La Junta Protectora de la Agricultura del Municipio de La Descubierta, Provincia Independencia, estará integrada del siguiente modo: Tulio A. Medina Feliz, Presidente Homero C. Ramírez P., Vicepresidente; Gilberto Pérez, Secretario; Prudencia Báez, Tesorera; Gregorio Amador, Primer Vocal; Pedro de la Rosa, Segundo Vocal; Bernardo Medina, Suplente de Vocal; Pablo Ferreras, Suplente de Vocal. Art. 3.—La Junta Protectora de la Agricultura del Municipio de Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, estará integrada así: Agrón. Clemente Geraldino Santos, Presidente Miguel Emilio Alonzo, Vicepresidente; Lic. Julio P. Lample, Tesorero; Rafael Antonio Garcia T., Secretario; Francisco Reynoso, Vocal; José Francisco Vassallo, Vocal. Art. 4.—La Junta Protectora de la Agricultura del Municipio de El Seibo, Provincia de El Seibo, estará integrada de la siguiente manera: Antonio Oscar Morales, Presidente; José Maria Mota, Vicepresidente; Rafael Rivera, Secretario de Correspondencia; Pascual Antonio Javier, Miembro; Belarminio Diaz, Miembro; Félix A. Alvarez, Miembro; José Joaquín Moreno, Miembro. Art. 5.—Los señores José Manuel V. Mercedes y Linardo Fernández quedan designados Vicepresidente y Suplentes de Vocal, respectivamente, de la Junta Protectora de la Agricultura del Municipio de Duvergé, Provincia Independencia. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta días del mes de agosto del mil novecientos sesenta y ocho, años 125° de la Independencia y 106° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona