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El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 2654

QUE CREA LA DIRECCION GENERAL DE EMBELLECIMIENTO DE LAS CARRETERAS Y AVENIDAS DE CIRCUNVALACION, Y DESIGNA DIRECTOR GENERAL AL MAYOR JOSE RAMON UREÑA COLON, F.A.D.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
23 jul de 1968fecha
Designacióntipo
G. O. 9105Gaceta Oficial del 1 ene de 1968
Poder Ejecutivoórgano
1persona nombrada

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
José Ramón Ureña ColónDesignaciónFAD, Director General de Embellecimiento de las Carreteras y Avenidas de Circunvalación y se le autoriza a utilizar, en cumplimiento de los deberes que se le asignan, todo el personalEjército, la Marina, la Fuerza…

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • José Ramón Ureña Colón · FAD, Director General de Embellecimiento de las Carreteras y Avenidas de Circunvalación y se le autoriza a utilizar, en cumplimiento de los deberes que se le… · Ejército, la Marina, la Fuerza…

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 22 ago de 1968. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

    Otro decreto con este nombre →

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 2654, que crea la Dirección General de Embellecimiento de las Carreteras y Avenidas de Circunvalación, y designa Director General al Mayor José Ramón Ureña Colón, F.A.D. (G. O. Nº 9105, del 23 de Octubre de 1968) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 2654 CONSIDERANDO que el Estado ha hecho una considerable inversión de fondos públicos en carreteras y vías de acceso a los distintos centros urbanos del país, cuya conservación y embellecimiento no han recibido hasta ahora la atención debida de parte de los organismos oficiales; CONSIDERANDO que la plantación de árboles adecuados en las principales vías de comunicación del país, particularmente en aquellas que tienen importancia turística, contribuiría eficazmente a la campaña de repoblación forestal que el Gobierno realiza al través de las Fuerzas Armadas y de otras instituciones oficiales; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O : Art. 1.—Se crea la Dirección General de Embellecimiento de las Carreteras y Avenidas de Circunvalación con el encargo expreso de proceder, por todos los medios a su alcance, a dotar de arboledas ornamentales las zonas adyacentes a las carreteras, autopistas y avenidas, particularmente a las carreteras troncales "Duarte", "Sánchez" y "Mella". Art. 2.—Las Secretarías de Estado de las Fuerzas Armadas, de Agricultura y de Obras Públicas y Comunicaciones y los organismos que tienen a su cargo la campaña de repoblación forestal del país prestarán su concurso a la Dirección General de Embellecimiento de las Carreteras y Avenidas de Circunvalación y pondrán a su disposición todas las facilidades necesarias para el cumplimiento de su cometido. Art. 3.—Se designa al Mayor José Ramón Ureña Colón, FAD, Director General de Embellecimiento de las Carreteras y Avenidas de Circunvalación y se le autoriza a utilizar, en cumplimiento de los deberes que se le asignan, todo el personal del Ejército, la Marina, la Fuerza Aérea y la Policía Nacional que requieran los servicios puestos a su cargo por el presente Decreto. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional. Capital de la República Dominicana, a los veintitrés días del mes de julio del mil novecientos sesenta y ocho, años 125º de la Independencia y 105º de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER NOTA: El presente Decreto fue publicado oficialmente en el "Listín Diario" de Santo Domingo en su edición del día 24 de Julio de 1968.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona