Texto de la norma
Decreto No. 265, que autoriza la impresión de una emisión de sellos para la Cédula de Identificación Personal.
G. O. No. [cédula], del 15 de junio de 1963
JUAN BOSCH
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 265
VISTA la Ley sobre Especies Timbradas No. 2461, del 18 de julio de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se autoriza una emisión de sellos para la percepción del impuesto sobre Cédula de Identificación Personal:
[cédula] (OCHOCIENTOS MIL) sellos del tipo de RD$1.00, numerados del 1,000,0001 al 1,800,000 color azul marino.
Estos sellos se imprimirán en tamaño de 56 milímetros de largo por 15 milímetros de ancho, y tendrán el siguiente diseño: En el Centro se destacará el Escudo Nacional; en la parte superior se leerá "República Dominicana", y más abajo "Cédula de Identificación Personal". Debajo del Escudo Nacional y en la parte inferior tendrán una franja blanca para insertar los números de la serie y cédula sobre la cual se imponen. En el ángulo inferior de la derecha y en el de la izquierda llevarán el signo de pesos y el valor facial en cifras.
Art. 2.- Se autoriza también la siguiente emisión de sellos para Duplicados de Cédula de Identificación Personal:
[cédula] (CIEN MIL) sellos del tipo de RD$0.25, para Duplicados, numerados del 001 al 100,000, color rosado.
Estos sellos se imprimirán en tamaño de 56 milímetros de largo por 15 milímetros de ancho y tendrán el siguiente diseño: En el centro se destacará el Escudo Nacional; en la parte superior se leerá "República Dominicana" y más abajo "Cédula de Identificación Personal". En la parte central, horizontalmente, distribuida en ambos lados del Escudo Nacional llevarán la siguiente leyenda: "Duplicado de Cédula". Debajo del Escudo Nacional tendrán una franja blanca para insertar los números de la serie y cédula sobre la cual se imponen. En el ángulo inferior de la derecha y en el de la izquierda, llevarán el signo de pesos oro (RD$) y el valor facial en cifras.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce días del mes de junio de mil novecientos sesenta y tres; años 120o. de la Independencia y 100o. de la Restauración.
JUAN BOSCH
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.