Texto de la norma
Decreto No. 131, que concede naturalización dominicana al señor Antonio Lorenzo Brugal Brugal.
G. O. No. 8755, del 20 de abril de 1963
JUAN BOSCH
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 131
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía ha elevado el señor Antonio Lorenzo Brugal Brugal, de nacionalidad cubana, mayor de edad, soltero, de ocupación agricultor, domiciliado y residente en [domicilio omitido], portador de la cédula de identificación personal [omitida], en solicitud de que se le conceda naturalización dominicana, y los documentos que la acompañan;
VISTA la Ley No. 1683, sobre Naturalización, de fecha 16 de abril de 1948, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Concedo el beneficio de la naturalización dominicana al señor Antonio Lorenzo Brugal Brugal de las generales arriba indicadas.
Art. 2.- El beneficiario recibirá la carta de naturalización de manos del Gobernador de la Provincia de Puerto Plata, previo juramento de fidelidad a la República prestado ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.- Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte días del mes de abril del mil novecientos sesenta y tres; años 120o. de la Independencia y 100o. de la Restauración.
JUAN BOSCH
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.