Decreto No. 118, que concede sendas pensiones del Estado a los señores Andrés Anderson Hilton y Juana Acosta Ferrand.
G. O. No. 8755, del 20 de abril de 1963
JUAN BOSCH
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 118
VISTOS la Ley sobre Pensiones a Nonagenarios y Centenarios No. 4219, de fecha 22 de julio de 1955, y el Reglamento para su aplicación No. 1150, del 14 de septiembre de 1955 ;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Concedo sendas pensiones del Estado de quince pesos oro (RD$15.00) y de treinta pesos oro (RD$30.00) mensuales, a los señores Andrés Anderson Hilton y Juana Acosta Ferrand, respectivamente.
Art. 2.- Dichas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Públicos.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciséis días del mes de abril del mil novecientos sesenta y tres;; años 120o. de la Independencia y 100o. de la Restauración.
JUAN BOSCH
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona