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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 37

QUE DECLARA DE UTILIDAD PUBLICA E INTERES SOCIAL LA ADQUISICION POR EL ESTADO, DE UNA PORCION DE TERRENO DENTRO DE LA PARCELA N° 374 DEL D.C. N° 2 DEL MUNICIPIO DE CONSTANZA.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
12 mar de 1963fecha
Utilidad pública o expropiacióntipo
G. O. 8745Gaceta Oficial del 1 ene de 1963
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 37, que declara de utilidad pública e interés social la adquisición por el Estado, de una porción de terreno dentro de la Parcela No. 374 del D. C. No. 2 del Municipio de Constanza. G. O. No. 8745, del 20 de marzo de 1963 JUAN BOSCH Presidente de la República Dominicana NUMERO 37 VISTAS las Leyes de Dominio Eminente No. 480, del 20 de mayo de 1920 y sus modificaciones, y la No. 344, del 29 de julio de 1943, sobre Procedimiento de Expropiación por el Estado y sus modificaciones; VISTO el artículo 18 de la Ley que instituye la Administración General de Bienes Nacionales No. 1832, del 3 de noviembre de 1948; VISTO el artículo 8, inciso 9, de la Constitución de la República; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.- Se declara de utilidad pública e interés social la adquisición por el Estado Dominicano, de una porción de terreno propiedad de la sucesión del finado Antonio Abud, con una extensión superficial de 474.12 tareas, comprendida dentro de la Parcela No. 374 del Distrito Catastral No. 2, del Municipio de Constanza, la cual será utilizada en el asentamiento de colonos en la Colonia Agraria de dicho Municipio. Art. 2.- En cas0 de no llegarse a un acuerdo amigable con el u propietario para la venta de grado a grado de la antes indicada porci6n de terreno, la Administracih General de Bienes Nacio- nales realizari todos 10s actos, procedimientos y recursos tanto ordinarios como extraordinarios, de acuerdo con las leyes, para obtener la expropiaci6n de la misma. Art. 3.- El presente decreto debe ser publicado en la Gaceta Oficial y en un peribdico de amplia circulaci6n en el tenitorio nacional. Art. 4.- Envfese a la Administracih General de Bienes Nacio- nales, para 10s fines de lugar. DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la Repdblica Dominicana, a 10s doce dfas del mes de mano de mil novecientos sesenta y tres; aiios 1200. de la Independencia y 1000. de la Restauracibn. JUAN BOSCH NOTA: El presente Decreto fue publicado oficialmente en el diario “La Nacih”, de Santo Domingo, el dia 13 de marzo de 1963. llcr Oecrato No. 38, que nombra al Secretaria de Estado de Obnt PJblicas y Comunics- ciones, Pldridente de b Junta Nscional de Pknificacibn y Coordinecibn. G. 0. No. 8745, del 20 de matzo de 1963 JUAN BOSCH Presidente de la Repfiblica Dominicana

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona