Decreto No. 9089, que concede la incorporaci6n a la Asociacidn Religiosa 'lglesia
de Dim Pentecostal", de Santo Domingo.
G. 0. No. 8742-Bis, del 28 de febrero de 1963
Repdblica Dominicana
EL CONSEJO DE ESTADO
NUMERO: 9089
VISTA la Ley No. 520, sobre Asociaciones que no tengan por
objeto un beneficio pecuniario, de fecha 26 de julio de 1920,
y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que le confieren 10s articulos
55 y 117 (transitorio) de la Constitucih de la Repfiblica, dicta
el siguiente
D E C R E T O :
Art. 1 .- Concede el beneficio de la incorporaci6n a la Asocia-
ci6n religiosa "Iglesia de Dios Pentecostal", domiciliada en [domicilio omitido]. Dicha incorporaci6n seri efectiva tan
pronto como la indicada Asociaci6n efectde el dep6sito y la
publicacibn a que se refiere el articulo 4 de la ya citada ley.
Art. 2.- Enviese a la Secretaria de Estado de Justicia para 10s
fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la
Reptiblica Dominicana, a 10s veintinueve dfas del mes de enero
del mil novecientos sesenta y tres; afios 11 90. de la Indepen-
dencia y 1000. de la Restauraci6n.
POR EL CONSEJO DE ESTADO:
RAFAEL F. BONNELLY
Presidente de la Repkblica
y del Consejo de Estado
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona