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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 2992

QUE AUTORIZA AL SECRETARIO DE ESTADO DE FINANZAS A EMITIR Y SUSCRIBIR A NOMBRE Y EN REPRESENTACION DEL ESTADO DOMINICANO, OBLIGACIONES POR LA SUMA DE RD$11,075,325.05, EN VIRTUD DE LA LEY NO. 275 DEL 28 DE MARZO DE 1968.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
12 nov de 1968fecha
Otrostipo
G. O. 9111Gaceta Oficial del 1 ene de 1968
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto N° 2992, que autoriza al Secretario de Estado de Finanzas a emitir y suscribir, a nombre y en representación del Estado Dominicano, obligaciones por la suma de RD$11,075,325.05, en virtud de la Ley N° 275 del 28 de Marzo de 1968. (G. O. N° 9111, del 25 de Noviembre de 1968) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 2992 VISTA la Ley N° 275, de fecha 28 de marzo de 1968; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.- El Secretario de Estado de Finanzas queda autorizado a emitir y suscribir, a nombre y en representación del Estado Dominicano, obligaciones por hasta la suma de RD$11,075,325.05 (ONCE MILLONES SETENTA Y CINCO (TRESCIENTOS VEINTICINCO PESOS CON CINCO CENTAVOS). Art. 2.—Estas obligaciones tendrán vencimiento por meses iguales y sucesivos a partir del 31 de enero de 1972, hasta la total cancelación de la deuda. Art. 3.—Dichas obligaciones no devengarán intereses mientras permanezcan en poder de la Corporación Dominicana de Electricidad (CDE), y cuando dichas obligaciones sean negociables devengarán intereses al tipo del 2½% (DOS Y MEDIO POR CIENTO) anual, pero en ningún caso dichos intereses se pagarán antes del 31 de enero de 1972, todo de acuerdo con las disposiciones del artículo 4 de la Ley Nº 275, de fecha 28 de marzo de 1968. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y ocho, años 125º de la Independencia y 106º de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona