Texto de la norma
Decreto Nº 2950, que autoriza a la Srta. Atanacia F. Cedeño S. a hacer cambios en su nombre.
(G. O. Nº 9115, del 18 de Diciembre de 1968)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 2950
CONSIDERANDO que en virtud de la solicitud formulada por la señorita Atanacia Felipa Cedeño Santana, dominicana, mayor de edad, soltera, estudiante, portadora de la cédula de identificación personal [omitida], fue autorizada a realizar los procedimientos requeridos por la Ley Nº 659, de fecha 17 de julio de 1944, sobre Actos del Estado Civil, para cambiar su nombre por el de Ana Madonia Cedeño Santana;
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades requeridas por la ley;
CONSIDERANDO que la Junta Central Electoral ha certificado, en fecha 3 de septiembre de 1968, que no se ha realizado ninguna oposición legal a la solicitud formulada por la señorita Atanacia Felipa Cedeño Santana, para que pueda cambiar su nombre por el de Ana Madonia Cedeño Santana;
VISTOS los artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—La señorita Atanacia Felipa Cedeño Santana, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Ana Madonia Cedeño Santana.
Art. 2.—El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro días del mes de octubre de mil novecientos sesenta y ocho, años 125º de la Independencia y 106º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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