Texto de la norma
Decreto Nº 2743, que crea e integra una Comisión encargada de la distribución de alimentos donados por la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación FAO, para las clases necesitadas.
(G. O. Nº 9111, del 25 de Noviembre de 1968)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 2743
CONSIDERANDO que la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), ha puesto a disposición del país alimentos por valor de millón y medio de dólares como una generosa contribución a las labores de asistencia social que realizan tanto el Gobierno como las organizaciones privadas que se interesan por la salud y el bienestar de nuestras clases necesitadas, especialmente de aquellas que han padecido con mayor rigor los efectos devastadores de la reciente sequía;
CONSIDERANDO que, a fin de sustraer la repartición de este importante donativo de toda desviación o influencia de carácter político, procede que se encargue a una Comisión inte-
grada por personas de relieve social y de reconocida solvencia moral de hacer llegar a las poblaciones a que se destinen, en forma equitativa y ajustada a las necesidades de cada región, los alimentos donados por la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO);
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se crea una Comisión integrada por los señores Américo Melo Andújar, quien la presidirá; Víctor Espaillat, Dr. Vinicio Batista, Ramona Noboa de Simó, Dr. Miguel O. Castro Valdez, Ana Salime Tilán y por el Coronel Marco Antonio Jorge Moreno, E. N., la cual se encargará de la distribución de las 60,000 toneladas de alimentos donados por la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) a la República Dominicana.
Art. 2.—Las Secretarías de Estado de las Fuerzas Armadas, de Agricultura y de Salud Pública y Asistencia Social, prestarán todo el concurso necesario a la Comisión designada mediante el presente Decreto, para el mejor cumplimiento de la labor que le ha sido encomendada.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiséis días del mes de agosto del mil novecientos sesenta y ocho, años 125° de la Independencia y 106° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
NOTA: El presente Decreto fue publicado oficialmente en el "Listin Diario", de Santo Domingo, en su edición del 27 de Agosto de 1968.
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