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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1987

QUE MODIFICA EL ART. 2 Y SU PARRAFO DEL DECRETO Nº 4288, DEL 10 DE NOVIEMBRE DE 1958

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
16 ene de 1968fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 9081Gaceta Oficial del 1 ene de 1968
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 1987, que modifica el Art. 2 y su Párrafo del Decreto Nº 4288, del 10 de Noviembre de 1958. (G. O. Nº 9081, del 15 de Mayo de 1968) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 1987 VISTOS los artículos 26 y 27 de la Ley Orgánica del Instituto Azucarero Dominicano Nº 618, de fecha 16 de febrero de 1965 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—El artículo 2 y su párrafo del Decreto Nº 4288, del 10 de noviembre de 1958, últimamente modificado por el Decreto Nº 5143, de fecha 11 de septiembre de 1959, queda modificado para que rija de la siguiente manera: "Art. 2.—La Comisión del GATT funcionará bajo la dependencia del Instituto Azucarero Dominicano, y estará integrada de la manera siguiente: El Director Ejecutivo del Instituto Azucarero Dominicano, Agrónomo Quirilio Vilorio Sánchez, quien la presidirá; El Secretario de Estado de Finanzas, Lic. Antonio Martínez Francisco, Miembro; El Secretario de Estado de Relaciones Exteriores, Dr. Fernando Amiama Tió, Miembro; El Secretario de Estado de Agricultura, Dr. Fernando Alvarez, Miembro; El Gobernador del Banco Central de la República Dominicana, Dr. Diógenes Fernández, Miembro; El Secretario Técnico de la Presidencia, Dr. Eudoro Sánchez y Sánchez, Miembro; El Lic. Rafael David Castillo, Miembro; El Asesor Económico del Instituto Azucarero Dominicano, Lic. Salvador Ortiz, Asesor Económico de la Comisión y quien hará las veces además de Vice-Presidente de la misma; y El Asesor Legal del Instituto Azucarero Dominicano, Llc. Jesús María Troncoso Sánchez, Asesor Legal de la Comisión. Párrafo: El señor Pedro Villalón actuará como Secretario de la Comisión del GATT". Art. 3.—Dicha Comisión preparará los trabajos que fueren necesarios para la presentación de la República en dicho Acuerdo y conservará los archivos correspondientes a esas labores. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciséis días del mes de enero del año mil novecientos sesenta y ocho; años 124º de la Independencia y 105º de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona