Texto de la norma
Dec. No. 8372, que concede la naturalización dominicana al señor Jaime Vargas Olivares.
G. O. No. 8691, del 12 de septiembre de 1962
República Dominicana
EL CONSEJO DE ESTADO
NUMERO: 8372
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía ha elevado el señor Jaime Vargas Olives de nacionalidad española, mayor de edad, casado, domiciliado y residente en [domicilio omitido]. Teófilo Hernández No. 5, de ocupación Comerciante, portador de la cédula de identificación personal [omitida] 26, en solicitud de que se le conceda la naturalización dominicana y los documentos que la acompañan;
VISTA la Ley sobre Naturalización No. 1683, de fecha 16 de abil de 1948, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 54 y 116 (transitorio) de la Constitución de la República, dicta el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se concede la naturalización dominicana al señor Jaime Vargas Olives, de las generales arriba mencionadas.
Art. 2.— El beneficiario recibirá la carta de naturalización de manos del Gobernador Civil de la Provincia de La Romana, previo juramento de fidelidad a la República prestado ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.— El presente Decreto será registrado en las Secretarías de Estado de Interior y Policía y Relaciones Exteriores.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los 16 días del mes de julio del mil novecientos sesenta y dos, años 199o de la Independencia y 99o de la Restauración.
POR EL CONSEJO DE ESTADO: RAFAEL F. BONNELLY, Presidente de la República y del Consejo de Estado.
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