Texto de la norma
Dec. No. 8363, que autoriza el cambio del nombre de la menor Kenia Altagracia Dolores Suarez Filoteo.
G. O. No. 8678, del 4 de agosto de 1962
República Dominicana EL CONSEJO DE ESTADO
NUMERO: 8363
CONSIDERANDO: Que en fecha 24 de marzo de 1962, el señor Luis Suárez Suárez, español mayor de edad, casado comerciante, portador de la cédula de identificación personal [omitida], debidamente renovada para el presente año, domiciliado y residente en la casa No. 5, de la calle "Bernardo Pichardo" de esta ciudad, fue autorizado a realizar los procedimientos requeridos por la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944, para cambiar el nombre de su hija, la menor Kenia Altagracia Dolores Suarez Filoteo, por el de Kenia Altagracia Dolores Suárez Martínez.
CONSIDERANDO: Que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades de publicidad requeridas por la ley;
CONSIDERANDO: Que en fecha 10 de julio de 1962, el Secretario de Estado de Justicia ha comunicado al Poder Ejecutivo, que no se ha producido ninguna oposición al deseo del señor Luis Suárez Suárez en el sentido ya expresado;
VISTOS: Los artículos No. 81, 82 y 83 de la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 54 y 116 (transitorio) de la Constitución de la República, dicta el siguiente
d e c r e t o ;
Art. 1.— El señor Luis Suárez Suárez, de las generales indicadas, queda autorizado a cambiar el nombre de su hija la menor Kenia Altagracia Dolores Suárez Filoteo, por el de Kenia Altagracia Dolores Suárez Martínez.
Art. 2.— El presente Decreto se publicará en un diario de amplia circulación en el territorio nacional, además de su publicación en la Gaceta Oficial.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana a los 16 días del mes de julio del mil novecientos sesenta y dos; años 199o. de la Independencia y 99o. de la Restauración.Concede una pensión
POR EL CONSEJO DE ESTADO:
RAFAEL F. BONNELLY,
Presidente de la República
y del Consejo de Estado.
NOTA: El presente decreto fue publicado oficialmente en el diario "La Nación", de Santo Domingo del 24 de julio de 1962.
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