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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 8354

QUE AUTORIZA A LA SEÑORA VICTORIANA MONEGRO DE HERNANDEZ A CAMBIAR SU NOMBRE POR EL DE VITALINA MONEGRO DE HERNANDEZ

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
12 jul de 1962fecha
Otrostipo
G. O. 8678Gaceta Oficial del 1 ene de 1962
Consejo de Estadoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 8354, que autoriza a la señora Victoriana Monegro de Hernández a cambiar su nombre por el de Vitalina Monegro de Hernández. G. O. No. 8678, del 4 de agosto de 1962 República Dominicana EL CONSEJO DE ESTADO NUMERO 8354 CONSIDERANDO: que en fecha 27 de marzo de 1962, la señora Victoriana Monegro de Hernández, dominicana, casada, de oficios domésticos, domiciliada y residente en [domicilio omitido], portadora de la cédula de identificación personal [omitida] debidamente renovado, fué autorizada a realizar los procedimientos requeridos por la Ley No. 659, de fecha 17 de julio de 1944, sobre Actos del Estado Civil, para cambiar su nombre por el de Vitalia Monegro de Hernández; CONSIDERANDO: que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades de publicidad requeridas por la Ley; CONSIDERANDO: que en fecha 5 de julio de 1962, el Secretario de Estado de Justicia ha comunicado al Poder Ejecutivo que no se ha producido ninguna oposición al deseo de la señora Victoriana Monegro de Hernández en el sentido ya expresado; VISTOS los artículos 81, 82 y 83, de la Ley sobre Actos del Estado Civil No. 659, de fecha 17 de julio de 1944; En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 54 y 116 (transitorio) de la Constitución de la República, dicta el siguiente DECRETO: Art. 1.— La señora Victoriana Monegro de Hernández, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Vitalina Monegro de Hernández. Art. 2.— El presente Decreto se publicará en un diario de amplia circulación nacional, además de su publicación en la Gaceta Oficial. DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce días del mes de julio del año mil novecientos sesenta y dos, años 119o de la Independencia y 99o de la Restauración. POR EL CONSEJO DE ESTADO: RAFAEL F. BONNELLY, Presidente de la República y del Consejo de Estado. NOTA: El presente Decreto fue publicado oficialmente en los diarios “El Caribe” y “La Nación”, de Santo Domingo, ediciones del 13 de Julio de 1962.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona