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Texto de la norma
I h vii-tud de 13s disposiciones del articulo 3 de la 1,ey N‘?
/!Xl de feclia 10 de septiembre de 1936;
En ejercicio de las atrjhciones que ine confiere el ar-
t!c.iilo 555 de la Constituci6n de la Kepiiblica, dicto el siguieiite
l ) T I : C I 3 T ’ T O :
VXICO.-Se autoriza a1 .lyuntamiento del JIunicipio de
Axua a donar en favor de la Cocperativa de Cikdito y Ahorro
‘‘X .~strs
Sefiora de 10s Rernedios, Inc.”, y de la de Coi~su-iio
‘‘A4n1stad, Inc.”, el solar propiedad de dicha entidad ediI;cbs
maicado con el numero 1, cuyos linderos son 10s siguientes:
a1 Norte, ’lvenid‘a Francisco del Kosario S&nchez; a1 Sur, Solar
N” 2, propiedad niunicipal; a1 Este, solar ocupado por el edi-
ficio del Liceo cle I<ducacii,n Secundaria “Roni:in Baldorioty
De Castro”; y a1 Oeste, calle en proyecto. La donacidn del in-
dicado solar se harA con el prop6sito de que ert el ~nisino sea
construido un edificio par’a alojar dichas asociaciones coope-
rativas.
DA-1D0 en Santo Doming0 de GuzmAn, Ilistrito Naciona!,
Capital de la Kepdblica Dominicana, a 10s doce dias del mea
de julio del aiio mil novecientos sesenta y ocho, alios 12,jQ de
le Independencia y 10.5” de la Restauracibn.
JOAQUIN BALAGUER
Decreto NO 2611, que autoriza a1 Ayto. del Municipio de San Fco. de
Maeori; a vender LLn solar de su propiedad.
(G. 0. No 9103, del 2 de Octubl*e de 1968)
/
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Reptiblica Dorninicana
NI’MERO 261 1
VISTA !a comunieacihn No 382, de fecha 19 de abril LIP
!968, suscrita por el Ayuntamiento del lLIunicipio de San Fran-
cisco de Macoris;
En virtud del articulo 3 de la 1,ey NQ 1381, de fecha 10 I c
febrero de 1958;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.—Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de San Francisco de Macorís a vender un solar de su propiedad, a la señora Zoila María Badia, marcado con el N° 8 de la Manzana N° 190 del Distrito Catastral N° 1, ubicado en la calle Sánchez, con una extensión superficial de 241.45 metros cuadrados, por el precio de RD$724.35.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los doce días del mes de julio del año mil novecientos sesenta y ocho, años 125° de la Independencia y 105° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Decreto N° 2612, que aprueba la Resolución N° 2-68 del Directorio de Desarrollo Industrial, sobre clasificación de la empresa "Industrias Lácteas Dominicanas, S. A. (INDULAC). (G. O. N° 9103, del 2 de Octubre de 1968)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 2612
CONSIDERANDO que la empresa "Industrias Lácteas Dominicanas, S. A." (INDULAC), solicitó y obtuvo del Directorio de Desarrollo Industrial la clasificación en la categoría "B", a fin acogerse a los beneficios de la Ley de Incentivo y Protección Industrial N° 299, de fecha 23 de abril de 1968;
CONSIDERANDO que para dictar su Resolución el Directorio de Desarrollo Industrial comprobó que la empresa solicitante reunía las condiciones exigidas por la Ley N° 299, del 23 de abril de 1968;
VISTO el artículo 38 de la Ley N° 299, del 23 de abril de 1968;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.