Texto de la norma
Decreto Nº 2594, que autoriza a la Sra. Juana Olivo M. a hacer cambios en su nombre.
(G. O. Nº 9103, del 2 de Octubre de 1968)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 2594
CONSIDERANDO que en virtud de la solicitud formulada por la señora Juana Olivo Mejía, dominicana, casada, mayor de edad, de quehaceres domesticos, fué autorizada a realizar los procedimientos requeridos por la Ley Nº 659, de fecha 17 de julio de 1944, sobre Actos del Estado Civil, para cambiar su nombre por el de Providencia Olivo Mejía;
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido con todas las formalidades requeridas por la ley;
CONSIDERANDO que la Junta Central Electoral ha certificado, en fecha 12 de junio de 1968, que no se ha formulado ninguna oposición legal a la solicitud formulada por la señora Juana Olivo Mejía, para cambiar su nombre por el de Providencia Olivo Mejía;
VISTOS los artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley N° 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1911;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—La señora Juana Olivo Mejía, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Providencia Olivo Mejía.
Art. 2.—El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce días del mes de julio del año mil novecientos sesenta y ocho, años 125° de la Independencia y 105° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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