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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 2593

QUE DECLARA LOS DIAS COMPRENDIDOS ENTRE EL 20 Y 28 DE JULIO DE ESTE AÑO, COMO LA "SEMANA DEL TURISMO Y FESTIVAL DEL MERENGUE".

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
12 jul de 1968fecha
Declaratoria (interés, día, duelo)tipo
G. O. 9103Gaceta Oficial del 1 ene de 1968
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto N° 2593, que declara los días comprendidos entre el 20 y 28 de julio de este año, como la "Semana del Turismo y Festival del Merengue". (G. O. N° 9103, del 2 de Octubre de 1968) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 2593 CONSIDERANDO que el Gobierno Nacional está interesado en un rápido y efectivo desarrollo de la industria del turismo, por lo cual debe tomar todas las medidas que sirvan para lograr ese propósito; CONSIDERANDO que es conveniente llevar al ánimo de la ciudadanía los beneficios e importancia del turismo y despertar el interés por su promoción y desarrollo, utilizando medios de divulgación tendentes a exaltar todo cuanto propenda a poner de relieve las atracciones naturales del país, su folklore y las riquezas arqueológicas, arquitectónicas e históricas del mismo; CONSIDERANDO que los eventos a celebrarse durante la Semana del Turismo están enderezados a forjar esa indispensable conciencia turística, y a provocar, por otra parte, la afluencia al país de las corrientes del turismo internacional; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—Se declaran los días comprendidos entre el 20 y 28 de julio de este año, como la "Semana del Turismo y Festival del Merengue". Art. 2.—La Dirección General de Turismo queda facultada para fijar a fines del mes de julio de cada año, la indicada celebración, durante los días que estime más conveniente. Art. 3.—Dicha Dirección General queda encargada de la ejecución del presente Decreto. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce días del mes de julio del año mil novecientos sesenta y ocho, años 125° de la Independencia y 105° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona