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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 2561

QUE CONCEDE LA CONDECORACION DE LA ORDEN DEL MERITO DE DUARTE, SANCHEZ Y MELLA.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
28 jun de 1968fecha
Condecoracióntipo
G. O. 9101Gaceta Oficial del 1 ene de 1968
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 2561, que concede la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella a varias personas. (G. O. Nº 9401, del 25 de Septiembre de 1968) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 2561 CONSIDERANDO que los señores Olga Victoria Burt Caminero; Manuel Miranda González; Armando Victoria Lavandier; Florencio Domínguez Tejeda; Temístocles Adán Lapaix Valdez; Rafael Ovidio Brito Sánchez y José Altagracia Hernández Javier, ha prestado servicios por más de 31 años en la Dirección General de Rentas Internas, en cuyo tiempo han dedicado su mayor consagración y honestidad en el ejercicio de sus funciones, dignas de ser tomadas en consideración; CONSIDERANDO que los servicios prestados por estos meritorios servidores de la Administración Pública, han contribuído en forma positiva al mejor desenvolvimiento de las delicadas labores que lleva a cabo ese Departamento, a la vez que han servido de estímulo para que sus demás empleados tiendan a superarse en la tarea común que vienen realizando en favor de la colectividad; VISTA la Ley N° 1113, de fecha 26 de mayo de 1936, y sus modificaciones; OIDO el parecer del Consejo de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: UNICO.—Se concede la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella, en el grado de Caballero, a los señores Olga Victoria Burt Caminero; Manuel Miranda González; Armando Victoria Lavandier; Florencio Domínguez Tejeda; Temístocles Adán Lapaix Valdez; Rafael Ovidio Brito Sánchez y José Altagracia Hernández Javier. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho días del mes de junio del mil novecientos sesenta y ocho, años 125° de la Independencia y 105° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona