Texto de la norma
Dec. No. 7716, que otorga el exequátur de Ingeniero Civil a varios Ingenieros graduados en la Universidad de Santo Domingo.
G. O. No. 8737, del 18 de febrero de 1963.
República Dominicana
EL CONSEJO DE ESTADO
NUMERO: 7716
VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales No. 111, de fecha 3 de noviembre de 1942;
VISTA la Ley No. 4541, del 18 de septiembre de 1956, que modifica el párrafo del artículo 6 de la Ley No. 4249, del 10 de agosto de 1955, que hace obligatoria la pasantía profesional de los Ingenieros Arquitectos, Ingenieros Civiles y Agrimensores, graduados en la Universidad de Santo Domingo;
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 54 y 116 (transitorio) de la Constitución de la República, dicta el siguiente
DECRETO:
UNICO.- Otorga exequátur para que puedan ejercer en todo el territorio de la República la profesión de Ingeniero Civil, de conformidad con las leyes y reglamentos de la materia, a las siguientes personas:
a) Ing. Sidney Antonio Lockhart Lockhart;
b) Ing. Joaquin Marino Perez Pefia;
c) Ing. Luis Arturo Carbonell; y
d) Ing. Bienvenido Santos Romero.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la
Repitblica Dominicana, a 10s siete dias del mes de febrero de mil
novecientos sesenta y dos; anos 1180. de la Independencia y
990. de la Restauraci6n.
POR EL CONSEJO DE ESTADO:
RAFAEL F. BONNELLY,
Presidente de la RepOblica
y del C'onsejo de Estado
De& NO. 7747, qwe otorgs el exequiaur de Abogado a varios graduados de la Univer-
sidad de Santo Domingo.
G. 0. No. 8737, del 1% de febrero de 1963.
Repcblicu Dominicana
EL CQNSEJO DE ESTADO
NUMERO: 77 17
VISTA !a Ley sobre Organizaci6n Judicial No. 821, del 21
de novienibre de 1927, y sus modificaciones;
VISTA la Ley sobre Exequiitur de Profesionales No. 11 1, de
fecha 3 de noviembre de 1942;
En ejercicio de las atribuciones que le confieren 10s articulos
54 y I16 (transitorio) de la Constituci6n de la RepGblica, dicta
el siguiente
D E C R E T O :
ARTICULO UNIC0.- Otorga exequatur para que puedan ejer-
cer en todo el territorio de la Repfiblica la profesi6n de Abogado,
de conformidad con las leyes y reglamentos de la materia, a las
siguientes personas:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.