Texto de la norma
Dec. No. 7666, que concede naturalización dominicana al señor Eduardo González Revoltea.
G. O. No. 8638, del 28 de enero de 1962.
República Dominicana
EL CONSEJO DE ESTADO
NUMERO: 7666
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Cultos ha elevado el señor Eduardo González Revoltea, de nacionalidad cubana, mayor de edad, portador de la cédula de identificación personal [omitida] renovado No. 3126, casado, de ocupación Agente Comercial, domiciliado y residente en [domicilio omitido]; y los documentos que la acompañan;
VISTA la Ley sobre Naturalización No. 1683, de fecha 16 de abril de 1948, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 54 y 116 (transitorio) de la Constitución de la República, dicta el siguiente
DECRETO
Art. 1.- Concedo la naturalización dominicana al señor Eduardo González Revoltea, de las generales indicadas.
Art. 2.- El beneficiario recibirá la carta de naturalización de manos del Gobernador Civil del Distrito Nacional, previo juramento de fidelidad a la República, prestado ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.- El presente decreto será registrado en las Secretarías de Estado de Interior y Cultos y de Relaciones Exteriores.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintisiete días del mes de enero del mil novecientos sesenta y dos; años 118o. de la Independencia y 99o. de la Restauración.
POR EL CONSEJO DE ESTADO:
RAFAEL F. BONNELLY,
Presidente de la República
y del Consejo de Estado
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