Texto de la norma
Decreto Nº 2416, que autoriza una emisión de sellos para Valores Declarados.
(G. O. Nº 9099, del 18 de Septiembre de 1968)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 2416
VISTA la Ley sobre Especies Timbradas Nº 2416, de fecha 18 de julio de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.—Se autoriza una emisión de sellos postales para el pago de las primas de envíos de Valores Declarados
500,000 (QUINIENTOS MIL) sellos del tipo de RD$0.10, color morado lila.
Estos sellos tendrán la forma de un rectángulo, y las siguientes medidas: 33 milímetros de largo y 24 milímetros de ancho. En su diseño se destacará, en el centro, el Escudo Nacional, a lo largo de la línea superior del sello se leerá "República Dominicana" y a la izquierda y derecha del Escudo, en sentido vertical "Servicio e Interior", respectivamente, abajo colindando con el margen inferior, dirán "Prima de Valores Declarados", en el ángulo inferior izquierdo aparecerá el valor facial del sello, en guarismo, y en el derecho el signo de centavos.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte días del mes de mayo del mil novecientos sesenta y ocho, años 125° de la Independencia y 105° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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