Texto de la norma
Decreto Nº 2212, que modifica el Art. 1ro. del Decreto Nº 6548, de fecha 22 de marzo de 1961.
(G. O. Nº 9089, del 10 de Julio de 1968)
JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana
NUMERO 2212
CONSIDERANDO que por Decreto Nº 6548, de fecha 22 de marzo de 1961, se declaró de utilidad pública e interés social la adquisición por el Estado Dominicano, entre otros inmuebles, de la Parcela Nº 121 del D.C. Nº 15 del Distrito Nacional, con área de 13,783.00 metros cuadrados, propiedad del señor Bienvenido Baldemora, para el asentamiento de las personas cuyas viviendas fueron removidas por encontrarse situadas dentro del área destinada a la urbanización especial del Faro de Colón, así como de otras urbanizaciones de Santo Domingo;
CONSIDERANDO que una porción de dicha parcela, con
área de 1,410.75 metros cuadrados, no será utilizada para los fines arriba indicados;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se modifica el artículo 1ro. del Decreto N° 6548, de fecha 22 de marzo de 1961, a fin de excluir del procedimiento de expropiación por causas de utilidad pública e interés social declarado en virtud del mismo, una porción de terreno de 1,410.75 metros cuadrados, dentro de la Parcela N° 124 del D. C. N° 15 del Distrito Nacional, sitio de Los Minas, propiedad del señor Bienvenido Baldemora.
Art. 2.—Envíese al Administrador General de Bienes Nacionales, para los fines de lugar.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintisiete días del mes de marzo de mil novecientos sesenta y ocho, años 125° de la Independencia y 105° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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